
Un nuevo capítulo se abre en el caso por soborno a testigos que tiene al expresidente Álvaro Uribe en la cuerda floja y que ya dio sus primeros resultados contra el entonces abogado del político, Diego Cadena, que fue inhabilitado para ejercer su profesión como litigante.
Según se conoció en la mañana de este miércoles 3 de julio, la procuradora general Margarita Cabello solicitó a la Corte Constitucional que revise una tutela interpuesta por Cadena, quien se encuentra actualmente en juicio por los delitos de soborno a testigos y fraude procesal.
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Cadena busca que se excluya del proceso una interceptación telefónica al expresidente Álvaro Uribe Vélez realizada por la Corte Suprema de Justicia en la que se revelan conversaciones entre ambos. El abogado sostiene que estas interceptaciones violan el secreto profesional entre abogado y cliente.
La acción de tutela de Cadena pretende invalidar como prueba dichas interceptaciones, argumentando que las conversaciones son confidenciales y están protegidas por el secreto profesional. “El secreto profesional es inviolable”, insiste Cadena, citando el artículo 74 de la Constitución.

Los alegatos del togado hicieron que la procuradora Cabello intervenga para que la Corte Constitucional se pronuncie sobre la inviolabilidad de las conversaciones entre abogado y cliente, pues los repetidos intentos de Cadena han resultado infructuosos hasta el momento.
De hecho, el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Bogotá excluyó inicialmente la prueba en marzo de 2022. Sin embargo, la Fiscalía apeló esta decisión, y en abril de 2023 el Tribunal Superior de Bogotá ordenó incluirla en el proceso, argumentando que se trataba de evidencias “lícitas y legales”.
Además, el tribunal aclaró que las interceptaciones no involucraban a Cadena en su rol de defensor de Uribe. Incluso, la Corte Suprema de Justicia ha respaldado esta decisión en dos ocasiones, declarando que no fue ni sesgada ni caprichosa.
En el escrito revelado por El Tiempo, la procuradora Cabello señaló que se le debe dar la importancia constitucional del reclamo de Cadena, aduciendo que “los elementos fácticos del caso versan sobre la protección al debido proceso, a la defensa, a la intimidad y a la inviolabilidad de las conversaciones privadas, así como la salvaguarda del secreto profesional entre el abogado y su cliente”.

Asimismo, Cabello mencionó que la selección de la tutela “trasciende la satisfacción de los intereses individuales de las partes”, señalando la necesidad de consolidar la jurisprudencia y ofrecer una orientación constitucional en este caso paradigmático.
Por otro lado, Cabello citó el informe de 2016 de la Relatoría sobre la Independencia de los Magistrados y los Abogados de las Naciones Unidas, que advierte que “el principio de confidencialidad se refiere a todos los tipos de comunicación entre un abogado y su cliente”. En el documento enviado a la alta corte, la Procuradora cuestionó la intervención de las conversaciones telefónicas de los abogados, considerando que estas prácticas pueden socavar la confianza y la confidencialidad esenciales en la relación abogado-cliente.
En su intervención, Cabello subraya que “el asunto de la referencia plantea una controversia de relevancia constitucional”. Según ella, independientemente de la decisión adoptada, el objetivo es orientar y consolidar la jurisprudencia y ofrecer claridad sobre la operación concreta del privilegio de confidencialidad entre el abogado y su cliente.
Por su parte, Diego Cadena enfrenta acusaciones por haber ofrecido, presuntamente, dádivas y asesoría jurídica a testigos para que cambiaran sus testimonios sobre el expresidente Álvaro Uribe y el senador Iván Cepeda. Entre las pruebas controvertidas, se encuentran conversaciones telefónicas de 2018, donde Cadena advierte a Uribe sobre informaciones desfavorables en la prensa. En una de estas conversaciones, Uribe le pide a Cadena que ayude a otros involucrados a manejar la situación mediática.
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