Este es el dueño del vehículo Ferrari mal parqueado en Bogotá

El dueño del carro de alta gama recibió una multa electrónica de 572.600 pesos.

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Los hechos fueron denunciados por
Los hechos fueron denunciados por el concejal del Nuevo Liberalismo Juan David Quintero - crédito @SectorMovilidad / X

En medio del aguacero y el caos que se presentó en la movilidad el domingo 12 de mayo en Bogotá, un carro de marca Ferrari fue tendencia por estar mal parqueado en la capital. La denuncia fue realizada por el concejal del Nuevo Liberalismo Juan David Quintero.

“¡Si tienen pal whisky, tienen pal hielo! ¡Acá no hay ciudadanos de primera clase! Por Ferrari que sea tienen que respetar las normas. Muy bien @ClaudiaDiazAco1 @SectorMovilidad En la alcaldía de @CarlosFGalan las normas se respetan!!”, manifestó el cabildante.

La denuncia de Juan David Quintero tuvo un efecto rápido en las autoridades, ya que la Secretaría de Movilidad compartió imágenes donde se ve como el conductor era amonestado por los agentes de tránsito.

La Secretaría de Movilidad impartió
La Secretaría de Movilidad impartió medidas contra el conductor del Ferrari - crédito @SectorMovilidad/X

Es importante precisar que la Ley 769 de 2002 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, indica que las sanciones correspondientes por el mal parqueo de un vehículo o en un lugar prohibido están marcadas en los puntos C2, C3 y C4 del reglamento.

“Estacionar un vehículo en sitios prohibidos. Bloquear una calzada o intersección con un vehículo. Estacionar un vehículo sin tomar las debidas precauciones o sin colocar a la distancia señalada por este código, las señales de peligro reglamentarias”, se lee en el Código Nacional de Tránsito Terrestre.

En ese orden de ideas, en primera instancia se estableció que el dueño del carro de alta gama tendría que pagar una multa de 650.000 pesos según las cifras de 2024. No obstante, el diario El Tiempo confirmó que el conductor identificado como Federico Saavedra Aristizábal recibió una multa electrónica de 572.600 pesos.

De acuerdo con las autoridades de tránsito, Saavedra Aristizábal aparece como el dueño del vehículo desde 2023. Asimismo, la Secretaría de Movilidad señaló que la persona contaba con todos los permisos y pólizas en orden; sin embargo, tendrá que pagar la multa impuesta por obstaculizar la vía.

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Lugares en Bogotá donde no se deben estacionar carros

El artículo 76 de la Ley 769 señala que las zonas prohibidas para estacionar vehículos son:

  • Sobre un andén, zonas verdes o espacios públicos que están designados para los peatones.
  • En ciclovías o carriles reservados o prioritarios para el tráfico de bicicletas.
  • Al frente de garajes de viviendas o locales comerciales, pese a que estén demarcados.
  • En áreas específicas que están destinadas para el estacionamiento de ciertos autos, como las paradas para vehículos de servicio público o personas con limitaciones físicas.
  • Puentes, viaductos, túneles, pasos bajos.
  • Sobre vías, autopistas, zonas de seguridad o dentro de intersecciones.
Los propietarios de los vehículos
Los propietarios de los vehículos tienen diferentes formas para realizar los pagos de las multas - crédito Álvaro Tavera/Colprensa

Cómo pagar una multa en Bogotá

Para realizar el debido proceso del pago de un comparendo, la Secretaría de Movilidad de Bogotá dispuso una serie de opciones, entre ellas la forma virtual para que el conductor pueda realizar su obligación con el pago de la infracción.

Así las cosas, para realizar el pago de los comparendos de forma virtual es necesario realizar los siguientes pasos:

  • Ingrese al portal web de la dependencia distrital: www.movilidadbogota.gov.co.
  • Haga clic en el botón “Consulta y pago de comparendos”, ingrese el número de cédula y la placa del vehículo para detallar los partes vigentes.
  • Ingrese el código de seguridad que se encuentra en la imagen para continuar el proceso.
  • En la parte izquierda del valor del comparendo le aparecerá el botón de PSE. Haga clic ahí.
  • Complete los datos que le solicita la plataforma.
  • Seleccionar el modo de pago.

Finalmente, según la imposición, los valores y fechas para el descuento pueden variar:

  • Comparendos impuestos en vía: Término para obtener el 50% de descuento: dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del comparendo. Término para obtener el 25% de descuento: entre seis y 20 días hábiles siguientes a la notificación del comparendo.

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