
La discusión del porte de armas de fuego en Colombia ha estado sobre la mesa durante varios años, especialmente, por causa del incremento en los delitos. Sin embargo, hay dos departamentos con medidas especiales, en los cuales se realizó un anuncio por parte del Ejército.
La Décima Brigada Blindada de esta institución dio a conocer el 3 de marzo que suspende nuevamente los permisos para el porte de armas de fuego y armas traumáticas, restricción que se extenderá hasta el 31 de diciembre del 2024, con el fin de que se mantenga la seguridad en La Guajira y el Cesar.
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Esta medida se contempla para salvaguardar la vida de los habitantes de todos los municipios de estas jurisdicciones y se ha ido extendiendo a lo largo del tiempo, teniendo en cuenta que en todo el territorio nacional la prohibición del porte de armas de fuego y traumáticas sin salvoconducto está prohibido desde 2016.
Sin embargo, hay algunas excepciones, debido a la labor que desempeñan algunas personas como es el caso del personal activo y en retiro de la fuerza pública y profesiones oficiales, congresistas, secretarios generales del Senado de la República, Cámara de Representantes, magistrados, jueces, fiscales, procuradores, contralores, gobernadores, alcaldes, deportistas, personal de las comisiones de servicios extranjeros, funcionarios del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), la unidad de protección del Ministerio del Interior y vigilantes.
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Aunque aquellos ciudadanos que adelanten las labores mencionadas también deben portar su arma con los permisos requeridos y deben presentarlos a las autoridades en el momento en el que sean requeridos, debido a que los operativos de control continuarán presentándose en estas regiones.

El Ejército Nacional aclara que aquellas personas que no cuenten con sus permisos para llevar consigo un arma tendrán que pagar una sanción económica, además de exponerse a la entrega de la misma, debido a que los decretos de las autoridades indican que tendrán la libertad para incautarlas. Dicha medida se basa en el decreto 2267 del 29 de diciembre de 2023 del Gobierno nacional y la Directiva Transitoria 0005 del 22 de febrero del 2024 que fue emitida por el Ministerio de Defensa.
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Cabe reiterar que la medida en estos dos departamentos se ha extendido por decreto para garantizar la vida de los habitantes de estos puntos del territorio nacional y así evitar que se cometan actos violentos con armas sin titular e ilegales.
Porte legal de armas en Colombia
Esta restricción se da en medio del llamado de algunos ciudadanos a lo largo y ancho del territorio nacional con el fin de permitir el porte legal de armas para todos los ciudadanos ante la creciente delincuencia que ataca con fuerza a las diferentes regiones del país, puesto que en los primeros meses del 2024 se presentaron una gran cantidad de delitos y algunas personas están de acuerdo con actuar en defensa propia.
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Aunque el tema es apoyado por cientos de personas, también hay quienes consideran que el hecho de permitir el porte de armas nuevamente es bastante peligroso para la ciudadanía en general, debido a la cantidad de atentados en contra de la vida de los colombianos.

Precisamente, en este punto algunos colombianos alegan que se trata de defensa personal por la situación de seguridad que se atraviesa en el territorio. Una de las voces a favor de esta propuesta es la del famoso abogado Abelardo de la Espriella, que expresó su apoyo a través de su cuenta en la plataforma X: “Se requiere urgentemente el porte legal de armas para todos los ciudadanos que tengan la idoneidad para ello. Un pueblo decente, bien armado y acompañado por la Fuerza Pública es garantía de seguridad para todos”.
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