
La administración distrital, a través de la Secretaría de Hábitat, dispuso de 1.000 subsidios del programa Oferta Preferente, que beneficiará a los residentes de la capital que sueñan con tener vivienda propia.
De acuerdo con la dependencia, el distrito asignará subsidios entre 10 y 30 salarios mínimos a las familias con ingresos inferiores a 4 salarios mínimos legales vigentes para el pago de la cuota inicial de una vivienda en 2024.
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Sin embargo, para que las familias puedan ser beneficiarios de alguno de los créditos, los hogares deben:
- El o la jefe del hogar debe ser mayor de edad.
- La sumatoria de los ingresos mensuales del hogar no debe superar los cuatro SMLMV.
- No ser propietario de una vivienda en el territorio nacional.
- No haber recibido algún subsidio para adquisición de vivienda.
- No haber sido sancionado en un proceso de asignación de subsidio de vivienda.
- Tener cierre financiero.
En caso de cumplir con los requisitos, pueden inscribirse de manera virtual y gratuita ingresando al siguiente enlace: suav.habitatbogota.gov.co/forms/oferta-preferente-2024I. Los interesados tendrán hasta el 12 de febrero para oficializar la inscripción.
¿Cuáles son los subsidios de vivienda nueva a los que puede aplicar un hogar?
Actualmente, la Secretaría del Hábitat cuenta con el programa Oferta Preferente para la asignación de subsidios de vivienda nueva en Bogotá; sin embargo, las familias pueden acceder a los siguientes apoyos:
- Subsidios otorgados por las Cajas de Compensación Familiar.
- Subsidios otorgados por el Gobierno Nacional.
- Subsidios otorgados por las entidades territoriales: en Bogotá estos subsidios son otorgados por la Secretaría Distrital del Hábitat.
¿Cuál es el monto de subsidio que puede recibir en el programa de Oferta Preferente?
En este caso, el programa divide los subsidios según las siguientes especificaciones del hogar:
Para 30 y 20 salarios mínimos mensuales legales vigentes:
- Postulantes víctimas del conflicto armado interno.
- Hogares con algún integrante en situación de discapacidad con certificado en escala moderada, severa o completa.
- Postulantes pertenecientes a alguna minoría étnica.
- Postulantes reincorporados del conflicto armado.
- Mujeres cabeza de hogar que estén o hayan estado en riesgo de feminicidio o violencia intrafamiliar.
- Postulantes transgéneros y/o trans sexuales.
Para 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes:
- Hogares que no presenten alguna condición de vulnerabilidad y que tengan ingresos iguales o inferiores a 4 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Una vez cerrada la convocatoria, la entidad de hábitat procederá a hacer la validación para verificar que las personas inscritas cumplan con todos los requisitos proferidos por el distrito para acceder al subsidio.
Después de que las personas se hayan vinculado al proyecto, la Secretaría del Hábitat realizará el proceso de asignación del subsidio con cada una de las familias inscritas.
La dependencia le recordó a los residentes que el proceso de inscripción es gratuito y no requiere de intermediarios, por lo que se les pide denunciar a las personas inescrupulosas que intentan cobrar por este tipo de trámites.
Cabe recordar que este no el único programa del distrito para acceder a una vivienda en Bogotá, la secretaría también cuenta con la iniciativa de Mi Ahorro, Mi Hogar, que ha beneficiado a 4.226 mujeres cabeza de hogar, de las cuales 3.097 son víctimas del conflicto armado; 605 son mujeres cuidadoras; 495 son mujeres con antecedentes de violencia intrafamiliar, y 29 son mujeres reincorporadas y reinsertadas.
Para acceder a este, las interesadas deben:
- La jefe del hogar debe ser mayor de edad y contar el documento de identidad válido y vigente.
- Acreditar que el hogar cuenta con jefatura femenina de acuerdo con la ley 1232 de 2008 y que se encuentra en al menos una de las siguientes situaciones:
- Riesgo de feminicidio o cualquier otra clase de violencia intrafamiliar contra la mujer
- Víctima del conflicto armado interno
- Que se encuentre en proceso de reincorporación o reintegración
- Mujeres cuidadoras.
- Tener un ingreso total de máximo 2 smmlv.
- Ningún miembro del hogar debe haber recibido antes algún tipo de subsidio de vivienda.
- Ningún miembro del hogar debe ser propietario de una vivienda en el territorio nacional.
- La vivienda en donde resida el hogar, debe contar con los servicios públicos domiciliarios como: agua, acueducto y energía o gas, y no debe estar ubicada en zona de riesgo o área protegida.
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