
El Grupo Especial para la Lucha contra el Maltrato Animal (Gelma) presentó ante jueces de control de garantías a dos hombres implicados en diferentes casos por hechos de crueldad hacia animales. Finalmente, se les imputaron cargos por maltrato animal y aprovechamiento ilícito de recursos naturales.
En el primer caso, Óscar David Rodríguez Pai enfrenta cargos por causar la muerte a un ocelote. El acusado, después de quitarle la vida al felino, exhibió el cuerpo del animal en redes sociales. El juez de control de garantías dictaminó medida de aseguramiento no privativa de la libertad para Rodríguez Pai, según informó el fiscal coordinador de Gelma, Juan Miguel Torres
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Aunque los hechos fueron en mayo de 2021, en el corregimiento Llorente, Tumaco, departamento de Nariño, tuvieron que pasar dos años para que se hiciera justicia en este caso.
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En un segundo caso similar, Duván Andrés Pérez Espinosa, alias Pepino, fue imputado por atacar con un arma blanca al perro llamado Roky, en Lebrija, Santander, el 21 de septiembre de 2023. Pérez Espinosa aceptó el cargo por maltrato animal, y ahora enfrenta las consecuencias legales por su acción.
En esta ocasión, el canino se asomó por la reja de una vivienda y en ese momento fue atacado repetidamente; tan pronto se percataron de los hechos, lo trasladaron a un centro médico veterinario, pero lamentablemente falleció debido a un shock hipovolémico.
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Así está penalizado el maltrato animal en Colombia
La Ley 1801 de 2016, más comúnmente conocido como el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, establece como dos de sus principios la protección de la diversidad e integridad del ambiente y el patrimonio ecológico; así como la protección y respeto por los animales en su calidad de seres sintientes.
En este sentido, existen multas para conductas que perjudican a los animales, tales como promover, participar y respaldar actividades de apuestas que involucren a estos; la venta de animales domésticos en espacios públicos; la presencia de semovientes deambulando sin control en áreas públicas; y el uso de animales cautivos como blancos de tiro.
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Hace siete años, el maltrato animal se convirtió en un delito según el Código Penal, específicamente en su artículo 339A. La Ley 1774 de 2016 amplió esta disposición al incluir en el mencionado código cualquier comportamiento que resulte en la muerte o lesiones graves a los animales. La consecuencia legal establecida para este delito implica una pena de privación de libertad, con un rango de uno a tres años.
Cabe destacar que la gravedad de la pena puede aumentar en ciertas circunstancias, como cuando el maltrato se realiza con sevicia, en lugares públicos, en presencia de menores (o mediante su utilización), con implicaciones de índole sexual, o si es perpetrado por un servidor público.
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Adicionalmente, la Ley 2054 de 2020 dispone, entre otros aspectos, la obligatoriedad de establecer en todos los distritos o municipios, de acuerdo con la capacidad financiera de las entidades, un espacio seguro como centro de bienestar animal, albergues municipales para fauna, hogar de paso público u otro similar, donde se deberán llevar los animales domésticos. En casos en los que no exista dicho centro de bienestar animal, el distrito o municipio deberá respaldar las labores de los refugios o fundaciones de carácter privado que reciban animales domésticos.

Si usted es testigo de algún caso de este tipo, puede comunicarse a las siguientes líneas de atención:
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- Llamando al número de emergencias: Línea 123 (es gratuita y funciona todos los días durante las 24 horas).
- En Bogotá puede llamar a la línea contra el maltrato animal: 018000115161 o escribir al correo del Instituto de Protección y Bienestar Animal: proteccionanimal@animalesbog.gov.co.
Mediante estos canales, usted proporciona un relato de los eventos. Le solicitarán detalles sobre la ubicación precisa del animal (dirección exacta, barrio), los períodos durante los cuales el presunto maltratador permanece en dicho lugar, además de cualquier evidencia relacionada con el caso; si dispone de fotografías o videos, deberá incluirlos.
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