
El 24 de enero la Procuraduría General de la Nación llamó a juicio disciplinario y suspendió provisionalmente por tres meses al caciller Álvaro Leyva Durán, por las posibles irregularidades que se presentaron durante el proceso para la licitación de pasaportes, por dos presuntas fallas disciplinarias.
La primera, por declarar desierta la licitación 001 de 2023 sin tener los fundamentos fácticos, jurídicos y técnicos, con lo que pudo transgredir los principios que rigen la contratación estatal. Y la segunda, por supuestamente decretar la urgencia manifiesta durante el desarrollo del trámite contractual, sin que, presuntamente, existieran causales para adoptar esa determinación.
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Pero luego de algunos días de la decisión, una fuente no oficial de la Cancillería de la República le confirmó a Infobae Colombia que Leyva estaría asistiendo a cumplir con sus funciones con normalidad, y que lo hará hasta que el presidente Gustavo Petro dé visto bueno a la suspensión proferida.
Futuro del canciller en manos del presidente

La determinación del presidente aún se desconoce ya que hasta el lunes 29 de enero la secretaria de la Sala Disciplinaria de Instrucción, Diana Carolina Hortúa, notificó oficialmente al mandatario de la decisión de suspender provisionalmente al canciller por un trimestre, sin derecho a recibir remuneración.
“Para mayor ilustración, en el aparte correspondiente de la parte resolutiva de la decisión se concretó: ‘Segundo. Suspender, provisionalmente, del ejercicio del cargo de ministro de Relaciones Exteriores a Álvaro Leyva Durán, por el término de tres (3) meses. Contra la suspensión provisional no procede recurso alguno’', dice el oficio que fue revelado por El Espectador.
Margarita Cabello y Álvaro Leyva

También se debe tener en cuenta que la procuradora puede cambiar, confirmar o revocar la decisión tomada contra el líder de la Cancillería, y es que previo a que Cabello haga entrega del concepto, la defensa del canciller tiene poco más de tres días para reiterar o anexar argumentos para solicitar que se revoque la medida de suspensión y se archive el proceso en su contra.
Respecto a este punto, El Tiempo reveló que para cobijar el derecho del canciller, la Procuraduría hizo llegar un nuevo oficio, con fecha del 29 de enero: “El superior dispondrá que permanezca en Secretaría por el término de tres días, durante los cuales el disciplinado podrá presentar alegaciones en su favor, acompañadas de las pruebas en que las sustente. Vencido dicho término, se decidirá dentro de los diez días siguientes (...)”.
Frente a la defensa que avanza en favor del canciller, es importante mencionar que en las últimas horas la Cancillería subió al Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop) los pliegos de condiciones del nuevo proceso licitatorio y que este quedaría ya no estaría bajo la dirección de la Cancillería.
Otro lío que envuelve al canciller Leyva

A la polémica de los pasaportes se suma otra muy sonada en el panorama político del país ya que luego de la suspensión del ministro de Relaciones Exteriores, se reveló que este ha sido beneficiario de una pensión pública por más de 27 años, la cual alcanza los 25 salarios mínimos mensuales vigentes, generando serios cuestionamientos legales. Esto debido a que habría sido obtenida bajo una serie de irregularidades que fueron llevadas a los estrados judiciales.
En redes sociales, la controversia con respecto a la forma en el que habría obtenido este derecho, debido a que hay sospechas de que la obtuvo fraudulentamente, mediante la utilización de dos libros y valiéndose de una ley antigua que regía al Estado. En la actualidad, el caso se encuentra en apelación ante el Consejo de Estado, tras perder en primera instancia en el Tribunal de Cundinamarca en contra de Leyva.
En el caso de Leyva, sus libros Paz, paz y La guerra vende más: operación Mariana, no cumplirían, presuntamente, con el criterio de ser material didáctico o pedagógico, esencial para esta disposición. Aunque, Leyva habría logrado una certificación de un colegio en Bogotá que los identificó como “libros de consulta”, con lo que aplicó a su jugosa pensión.
Por lo que el Fondo de Previsión del Congreso, que radicó la demanda, y el tribunal que falló en su contra, argumentan que los textos no deberían ser válidos para este derecho.
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