
Este monto incluye tres veces el salario mínimo legal vigente, sumado a un 30% en concepto de factor prestacional que es la suma de $3.9 millones. Dicha figura salarial es el resultado de un acuerdo escrito entre empleador y empleado, diseñado para englobar en un solo desembolso tanto la retribución directa como las prestaciones sociales y extras.
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Esta modalidad salarial es aplicable principalmente a aquellos trabajadores que devenguen más de diez salarios mínimos mensuales, que para este año corresponden a $13.000.000. Además, este salario compensa de manera anticipada las prestaciones, incluyendo horas extra, recargos, primas, cesantías y sus intereses. Cabe destacar que, según el artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo, las vacaciones no están incluidas en esta suma.
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Los empresarios encuentran en el salario integral un mecanismo para simplificar la gestión de la nómina, al evitar el cálculo detallado de los componentes salariales. Este método ofrece además ventajas tributarias tanto para las empresas como para los empleados, al permitir una posible disminución de la carga impositiva. No obstante, se deben considerar una serie de requisitos legales vinculados al monto mínimo, prestaciones sociales, seguridad social y pagos parafiscales.
Para implementar adecuadamente el salario integral, es importante que el empleador proporcione información detallada al trabajador sobre sus características, ventajas y desventajas, y conseguir un acuerdo por escrito.
Además, es fundamental realizar los pagos de manera mensual y sin deducciones no autorizadas. Desde el punto de vista de las contribuciones a la seguridad social, se establece la obligación de liquidar y efectuar pagos calculados sobre el 70% del salario básico para la salud y pensión, mientras que los aportes al SRL (Sistema de Riesgos Laborales) y al Sena (Servicio Nacional de Aprendizaje) deben calcularse sobre el 100% del salario integral.
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En cuanto al cumplimiento fiscal, las empresas deben practicar la retención en la fuente sobre la totalidad del salario integral, así como también efectuar la declaración y pago oportuno del impuesto sobre la renta y complementarios. Por otro lado, el respeto por los derechos laborales del empleado es imprescindible, incluyendo jornada laboral, descansos, licencias y demás garantías establecidas por el marco legal laboral. Al finalizar la relación laboral, el empleador también debe asegurarse de cumplir con las obligaciones correspondientes, como el pago de las indemnizaciones y las liquidaciones de cesantías.
Dos productos de la canasta familiar quedan fuera del cálculo del salario mínimo
El Gobierno nacional anunció la desindexación del aumento del salario mínimo de los precios de 88 bienes y productos, en medio de las negociaciones para definir un incremento salarial del 12,07% para el año 2024. Esta decisión separa el valor de ciertos artículos de la subida salarial, siguiendo el proceso iniciado por el Ministerio de Hacienda en 2022 con una lista original de 204 ítems. La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, destacó que la medida busca preservar el poder adquisitivo de los ciudadanos.
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La iniciativa forma parte de un proceso más amplio donde originalmente se identificaron 204 bienes y servicios vinculados al salario mínimo. Ya se habían desindexado 116 de estos, y con los 88 restantes, se completaría la lista.

A pesar de afirmaciones erróneas previas, productos básicos como leche y carne no estaban sujetos a este esquema. Los dos únicos ítems de la canasta familiar afectados eran las cuotas a las IPS y las cuotas moderadoras y copagos de las EPS, que desde 2022 se ajustan según la Unidad de Valor Tributario (UVT), y no por el salario mínimo.
Los elementos desindexados, en su mayoría, no corresponden a gastos diarios de los hogares sino a otros rubros como tarifas administrativas y subsidios específicos. Algunos cambios propuestos en relación a las viviendas de interés prioritario (VIP) y de interés social (VIS) no prosperaron en el Congreso. Para llevar a cabo la desindexación de los 88 ítems pendientes, cada ministerio involucrado debe emitir actos administrativos para atar su valor a la Unidad de Valor Básico (UVB), que para el 2024 se ha configurado en $10.951.
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El Ministerio de Hacienda y el Ministerio del Trabajo proporcionaron cifras ligeramente diferentes sobre los elementos económicos ya desindexados, con menciones a “más de 85″ y “116 artículos”. Ambas carteras se refieren a elementos de la economía que ahora fluctúan con la UVT, y no con el salario mínimo. El ajuste en los valores se formalizó en tres decretos del año anterior.
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