
Un proyecto radicado por los ministros Ricardo Bonilla González, de Hacienda, y Jhenifer Mojica Flórez, de Agricultura y Desarrollo Rural, busca incrementar el Impuesto Predial Unificado (IPU) entre 50 y 300%, basado en el valor del inmueble e independiente de que estos se encuentren en áreas urbanas o rurales.
La iniciativa 292 indica que tendrán un aumento mínimo de un 50% los predios rurales y urbanos con destino habitacional y comercial y cuyo avalúo catastral sea de 135 salarios mínimos vigentes, es decir sobre los 156 millones de pesos a precios de este año.
Así mismo, los predios rurales con similar avalúo catastral destinados a vivienda o comercio o de soportes de infraestructura; producción agropecuaria; institucional y áreas de conservación y protección, tendrán el mismo aumento.
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Además, el proyecto indica que para los predios cuyo avalúo catastral sea superior a esos 135 salarios mínimos y menor a 250 salarios, aproximadamente 290 millones, el incremento será de 100%. Aquellos que estén por encima de los 250 salarios y por debajo de los 350 salarios mínimos mensuales legales vigentes, cerca de los 406 millones tendrán un ajuste del 150%; para los predios cuyo avalúo sea superior a los 350, pero menor a 500 salarios mínimos, alrededor de los 580 millones, sufrirán un incremento del predial del 200%, mientras que los que superen ese último rango, tendrán un ajuste en el impuesto predial de hasta 300%.
La iniciativa consta de cuatro artículos en los que se establece cómo se hará dicho ajuste del impuesto predial y se especifica bajo qué circunstancias no se aplicarían dichos ajustes.
Basado en esto, advierte que esa limitación no se aplicará a los predios que se incorporen por primera vez a la base catastral, los lotes urbanizables no urbanizados y los no construidos o los predios rurales con licencia de parcelación no desarrollados y sin uso agropecuario.

Por qué se implementa el cambio
Según el Gobierno, la iniciativa surge para aplicarse “conforme a los principios tributarios de equidad, eficiencia, progresividad y retroactividad” establecidos en la Constitución. Así las cosas, el Estado tendrá que realizar un nuevo avalúo catastral que será la base para aplicar esos ajustes en la medida que se necesita conocer la realidad económica del predio.
Lo anterior ocurre porque la actual administración asegura que los predios no estarían reflejando, de forma exacta, esa realidad económica, toda vez que él mismo pudo haberse depreciado o valorado con el tiempo, lo cual no deja saber si sobre ese predio se está pagando o cobrando el impuesto justo y equitativo, como lo manda la carta política del país.
Además, el proyecto busca eliminar las exoneraciones contenidas en la Ley 1995 del 2019, que indican que “los predios que figuraban como lotes no construidos y construidos y cuyo nuevo avalúo se origina por la construcción o edificación en él realizada”, con lo cual la actualización catastral que se haga de dicho predio incorporará esos cambios, lo que permitirá clasificarlo en cualquiera de los nuevos rangos previstos en la norma.
Cuánto gana el país por IPU
De acuerdo con lo dicho por el Gobierno, si bien los ingresos municipales y totales producto del IPU en Colombia es más alto que el promedio de otras economías en Latinoamérica, pues según datos de la Ocde son 1,1% inferiores. Pero en Colombia ese ingreso representó el 0,8% del producto interno bruto (PIB) en 2021, sin embargo, ese porcentaje cayó al 0,67% un año después y presentaron 9,8 billones de pesos.
Por otra parte, el Gobierno argumenta que la mayor parte del recaudo es aportada por Bogotá y Medellín, ciudades que aportan el 36,8 y 8,9% dentro del total, respectivamente. Por eso busca darle a otros territorios del país mayor participación en el recaudo a través de facilitarle a los pagadores más lugares en donde saldar el tributo.
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