Cargos a funcionario de la JEP que habría acosado sexualmente a una compañera de trabajo

El funcionario habría intentado tocar a su compañera en más de una ocasión y le habría hecho insinuaciones de carácter sexual

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En 2018 y 2019 se
En 2018 y 2019 se presentaron otros dos casos de acoso sexual en la JEP, ambos con el mismo magistrado de protagonista - crédito Getty Images y JEP

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el funcionario adscrito a la Justicia Especial para la Paz (JEP), Diego Andrés Prada Vargas, por el presunto abuso y trato irrespetuoso en que incurrió con frases y actitudes contra una de sus compañeras de trabajo.

La segunda delegada para la Vigilancia Administrativa señaló que el funcionario, al parecer, habría intentado tocar a su compañera en al menos un par de ocasiones y sin su permiso, comportamiento que acompañó con frases de insinuaciones de carácter sexual y sentimental.

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Así mismo, el Ministerio Público indicó que con su presunto comportamiento Prada Vargas pudo incumplir su deber de tratar con respeto a las personas con quienes tiene relación en función del servicio, con lo que pudo afectar la función pública, el servicio y la imagen institucional de la JEP.

Finalmente, la entidad resaltó que sin importar que la situación hubiese tenido lugar por fuera de las instalaciones de trabajo y en horarios no laborales, la eventual falta disciplinaria podría estructurase y tipificarse, por lo que de manera provisional la calificó como como grave cometida a título de dolo.

Casos de acoso sexual en la JEP

Esta no es la primera vez que un caso de acoso sexual salpica a la Jurisdicción Especial para la Paz. En 2018 y 2019 se presentaron otros dos casos, ambos con el mismo magistrado de protagonista.

En el primero, Eduardo Cifuentes, entonces presidente de la JEP recibió una denuncia formal por acoso sexual en contra de Juan Ramón Martínez, magistrado de la Sección de Reconocimiento del tribunal de paz.

María Adelaida Palacio, abogada de la víctima, le dijo a El Espectador que el acoso sexual habría comenzado desde 2019 y se prolongó hasta 2020, cuando la funcionaria decidió renunciar a la Jurisdicción por estos hechos. En 2021 regresó a la JEP, después de que otro magistrado le propuso trabajar en su despacho. “Pero al regresar, y al verse expuesta al agresor, puso en conocimiento los hechos”, sostuvo Palacio.

El entonces presidente de la JEP contó que “dieron oportuno traslado de esa denuncia a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, que es el órgano competente para investigar internamente a los magistrados de la Jurisdicción”.

Juan Ramón Martínez llegó a
Juan Ramón Martínez llegó a la Jurisdicción Especial para la Paz apenas fue creada, a través de un comité de escogencia - crédiro JEP

Por su parte, la Corporación Sisma Mujer, en comunicado público, expresó que están acompañando a la mujer que denunció el acoso sexual por parte del magistrado Martínez y aseguró que tuvo conocimiento de otras mujeres víctimas de acoso sexual por parte de servidores públicos que estarían interesadas en dar a conocer sus casos.

Juan Ramón Martínez es abogado que ejerció como profesor de la Universidad del Rosario y director del grupo del Grupo de Investigación en Derecho Internacional de esta misma institución educativa. También fue conjuez de la Corte Constitucional de Colombia.

Justamente el segundo caso por el que fue denunciado, se remonta al 2018, en su cargo como profesor universitario. Para esa oportunidad, cuando apenas se posesionó el rector de la Universidad del Rosario, Alejandro Cheyne, a su correo electrónico llegó un anónimo denunciando a supuestos acosadores y agresores sexuales, en el que se refieren al togado sin mencionar su nombre.

En la denuncia también señalaron al entonces decano de la Facultad de Jurisprudencia de ese entonces, Juan Carlos Forero, y el secretario académico, Ricardo Medina.

Con un cambio en la rectoría, varios funcionarios de la universidad salieron de sus cargos. Sin embargo, en el caso de Juan Ramón Martínez, que siguió dictando algunas clases, no se tomaron acciones ni se adelantaron las respectivas investigaciones.

El acoso sexual como delito punible

En abril de 2023, la Corte Suprema de Justicia precisó cómo se configura el delito de acoso sexual en el trabajo y advirtió que este tipo de conductas no se puede normalizar, tolerar ni mucho menos perpetuar, siendo un deber de toda la sociedad luchar por su erradicación.

La Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema de Justicia hizo un llamado para que se aplique de forma efectiva la Ley 1257 del 2008, que previene la violencia y discriminación de género, “en el sentido de adoptar los mecanismos idóneos para garantizar que todas las mujeres puedan laborar en escenarios libres de violencia y discriminación” - crédito Geety Images

Para el alto tribunal, este delito tiene una pena de uno a tres años de prisión. Según el Código Penal colombiano, el acoso sexual es cometido cuando una persona, en beneficio suyo o de un tercero, y valiéndose de su superioridad o relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acosa, persigue, hostiga o asedia física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a otra persona. Para que haya acoso, además, debe tratarse de actos habituales y con permanencia en el tiempo, por lo cual los actos aislados y aleatorios no están comprendidos en este delito.

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