
Carlos Mario Zuluaga, quien actualmente se encuentra ejerciendo como vicecontralor en funciones de Contralor General de la República, ha emitido declaraciones en relación con la propuesta de Acto Legislativo presentada por el Gobierno, que tiene como objetivo llevar a cabo una reforma que impactaría en las competencias del órgano de control.
El señor Zuluaga ha expresado que la Contraloría no considera apropiado ni adecuado que se proceda a disminuir o restringir las competencias y atribuciones que actualmente posee en lo que respecta a la investigación de funcionarios públicos y su eventual destitución de sus cargos cuando sea pertinente.
En sus declaraciones, el vicecontralor ha resaltado que la Contraloría nunca ha abusado de estas disposiciones ni ha permitido que la entidad se vea influenciada por intereses particulares o se politice.
Más bien, ha mantenido su enfoque en la supervisión y protección del patrimonio de los ciudadanos colombianos, cumpliendo con su deber de manera responsable y apolítica.
Asimismo, Zuluaga ha señalado que se ha extendido una invitación tanto al Ministerio de Justicia como al Congreso para llevar a cabo un análisis exhaustivo de esta reforma.
La intención es abordar detenidamente la cuestión de la convencionalidad que se plantea en la propuesta, con el objetivo de garantizar que cualquier modificación que se realice sea coherente con los principios y estándares legales y constitucionales vigentes.
Ministerio de Justicia pública borrador del proyecto de ley para reformar a la Procuraduría y Contraloría
El Ministerio de Justicia publicó el borrador del proyecto de Acto Legislativo con el que pretende reformar las competencias de la Procuraduría y la Contraloría. En total, se modificarán cinco artículos de la Constitución Política y dos más serán transitorios.
De acuerdo con el borrador, el primer artículo a modificar será el 117, el cual indica que la Procuraduría y la Contraloría son órganos de control. En la reforma se establece que ya no tendrán funciones jurisdiccionales y no podrán limitar los derechos políticos de los ciudadanos a ser elegidos y a ejercer cargos de elección popular.
También se busca modificar el artículo 118, sobre los agentes encargados de ejercer el Ministerio Público, es decir, el procurador, el defensor del Pueblo, los procuradores delegados, los agentes del ministerio público, los personeros municipales y demás funcionarios, limitando su representación ante las autoridades jurisdiccionales.
En el borrador se propone modificar los numerales 8 y 17 del artículo 268, referentes a las atribuciones del contralor General de la República. El numeral 8 actualmente permite suspender inmediatamente a funcionarios mientras culminan las investigaciones o los respectivos procesos penales o disciplinarios.
La reforma propone limitar tales facultades, pero manteniendo las del contralor de “promover ante las autoridades competentes, aportando las pruebas respectivas, investigaciones fiscales, penales o disciplinarias contra quienes, presuntamente, hayan causado perjuicio a los intereses patrimoniales del Estado”.
Por su parte, el numeral 17 de la reforma mantiene intactas otras atribuciones del contralor General de la República, pero agrega que en ningún caso podrá sancionar con suspensión, inhabilidad o destitución a servidores públicos de elección popular.
De otro lado, se pretende modificar el numeral 6 del artículo 277, referente a las funciones del Procurador General de la Nación. En el proyecto de ley se mantiene la vigilancia y control sobre los funcionarios públicos, pero no podrá sancionar con suspensión, destitución o inhabilidad a servidores públicos de elección popular.
Algo similar sucede con el artículo 278 numeral 1: el Procurador deja de tener dentro de sus facultades desvincular del cargo a los funcionarios públicos elegidos popularmente y ahora emitiría conceptos en los procesos disciplinarios que se adelanten contra funcionarios sometidos a fuero especial.
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