
La Procuraduría General de la Nación confirmó la destitución e inhabilidad del exsecretario general técnico del Instituto Nacional de Vías (Invías) Germán Grajales Quintero por irregularidades en la ejecución del programa Corredores Prioritarios para la Prosperidad.
Como resultado de las investigaciones que adelantó el Ministerio Público sobre las irregularidades de las empresas del grupo Odebrecht, la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento concluyó que el exdirectivo del Invías vulneró el principio de responsabilidad de la contratación estatal al suscribir una modificación al contrato de obra No. 563 de 2012, a través del que se ejecutó parte del proyecto vía de la prosperidad.
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Así, Grajales Quintero habría incumplido su deber de salvaguardar los recursos del Estado que le fueron reconocidos al consorcio Conpros, los cuales superaron los topes legales llegando a $506.600.000 y habría favorecido los intereses del particular contratista generando un detrimento del patrimonio del Invías.
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El objeto del contrato era el “mejoramiento de la gestión social, predial y ambiental del proyecto transversal de Boyacá Fase 2 para el Programa Corredores Prioritarios para la Prosperidad” por un valor de $154.280´297.291. Señala la Procuraduría que el exfuncionario desconoció el principio de moralidad “al no adelantar con rectitud, lealtad y honestidad el ejercicio de su labor”.
En fallo de segunda instancia, el ente de control disciplinario también ratificó la suspensión del entonces representante legal de la firma interventora Diseño y Gerencia de Proyectos S.A.S., hoy HMV Consultoría, Óscar Jiménez Cely.
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En su caso, concluyó que no vigiló que el contrato se desarrollara de acuerdo con las cláusulas pactadas y las condiciones técnicas y científicas ajustadas a su normal desarrollo, y avaló los pagos efectuados sobre los ajustes realizados a los “Estudios y Diseños”, con sus correspondientes porcentajes en relación con el valor total equivalente al 11 %.
La Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento de la Procuraduría resaltó que el representante legal no solo incumplió el contrato de interventoría pactado, sino que permitió que se reconocieran indebidamente recursos a los que el contratista no tenía derecho.
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La falta en que incurrió Grajales Quintero fue calificada por el Ministerio Público como gravísima a título de culpa gravísima, por lo que confirmó su sustitución por 10 años.
Por su parte, Jiménez Cely deberá pagar una multa consistente en el doble del detrimento o perjuicio causado, equivalente a $1.012 millones, y no podrá contratar con el Estado, igualmente por 10 años.
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El 30 de agosto de 2023, la Fiscalía General de la Nación imputó cargos a diez funcionarios de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), un contratista y un interventor implicados en supuestas irregularidades en un contrato con la empresa brasileña Odebrecht para la construcción del tramo II de la Ruta del Sol.
Los investigados por haber suscrito cuatro adiciones al contrato de concesión 001 del 14 de enero de 2010 fueron: Camilo Mendoza Rozo, exvicepresidente de Gestión Contractual y exvicepresidente de Planeación, Riesgos y Entorno; María Clara Garrido, exvicepresidente Administrativa y Financiera; Beatriz Eugenia Morales Vélez, exvicepresidente de Estructuración; Yasmina del Carmen Corrales Paternina, exsupervisora del contrato de concesión.; José Andrés Torres Rodríguez, ingeniero del área de Proyectos Carreteros; David Leonardo Montaño García, experto GGC2; Alexandra Lozano Vergara, exgerente de Gestión Contractual; Francisco Javier Forero Lozano, exasesor financiero (contratista); César Augusto Peñalosa Pabón, exgerente de proyectos y Miguel Ángel Bettin Jaraba, exinterventor del contrato.
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Con las actuaciones irregulares, los funcionarios investigados beneficiaron a la concesionaria de la que hacía parte Odebrecht, por lo que vulneraron el objeto del contrato de concesión original. El ente acusador les imputó los delitos de contrato sin el cumplimiento de requisitos legales e interés en la celebración de contratos; cargos que ninguno de ellos aceptó.
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