
Desde el movimiento de la Alianza Verde, el senador Jota Pe Hernández, radicó un proyecto de ley con el que se pretende reducir los ataques por parte de perros considerados potencialmente peligrosos. El proyecto se enfoca principalmente en evitar los ataques contra menores de edad. La propuesta se presentó bajo el nombre “Ley un bozal que salva vidas”.
“El propietario o tenedor de un canino de manejo especial asume total responsabilidad por los daños y perjuicios que ocasione a las personas, a los bienes, a las vías y espacios públicos y al medio natural, en general y sin perjuicio de la responsabilidad penal a la que haya lugar”, propone el proyecto de ley.
Dentro de lo que se plantea está que los animales, de manera obligatoria, porten bozal y sean paseados con correa. Los canes que hagan parte de las razas consideradas peligrosas tendrían que llevar, además de lo ya mencionado, un registro en un censo que autorice su tenencia. El documento tendrá los datos personales del propietario.
Las razas son consideradas peligrosas, según el proyecto, son: american staffordshire terrier, bullmastiff, dóberman, dogo argentino, dogo de Burdeos, fila brasilero, bull terrier, pitbull terrier, american pitbull terrier, rottweiler, presa canario, staffordshire terrier y tosa japonés.
Para hacer el registro de sus mascotas, los interesados tendrán que ser mayores de edad; aportar a una póliza de responsabilidad civil, con el fin de cubrir una posible indemnización por perjuicios; un registro de vacunas del animal; un certificado de sanidad, de aptitud física y mental del propietario; un microchip o sistema de georreferenciación; entre otros requisitos. El animal debe tener una placa.
La ley busca prohibir la importación y crianza de caninos de las razas ya mencionadas. En caso de que el perro ataque a un menor de edad, dice el proyecto, “se procederá a sacrificio eutanásico del animal”.
Para el mes de julio del año en curso se reportaron varios casos de ataques a personas por parte de perros considerados ‘potencialmente peligrosos’. Teniendo en cuenta esta coyuntura, desde la Procuraduría General de la Nación se solicitó la ejecución urgente de acciones de seguimiento al Código Nacional de Policía y Convivencia para ver qué hacer con los dueños de animales de ese tipo.
Según detalló la entidad, hay preocupación por los casos más recientes, ocurridos en Bogotá, Santa Marta y Bucaramanga. El llamado de atención por el Ministerio Público fue hecho, específicamente, al director general de la Policía Nacional, el General William Salamanca.
Lo que pide la Procuraduría, de manera textual es “evaluar la situación y adoptar con urgencia estrategias y controles más extremos al Código Nacional de Policía y Convivencia, que referencia a los perros de razas peligrosas y demanda a sus dueños obligaciones frente a su manejo, como el uso de bozal y correa”.

En el comunicado, publicado en el portal web del organismo, se destaca que “la Procuradora Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia, la Familia y la Mujer enfatizó en que, no tiene sentido que lo dispuesto en la normativa no se esté aplicando, por lo que se requiere actuar para prevenir ataques de esta clase de caninos especialmente a los menores de edad, grupo social de especial protección constitucional, y por el que el ente de control propende por la garantía y la protección de sus derechos”.
De acuerdo con lo que explican las autoridades, y con lo que está establecido en la Ley 746 de 2002, los perros que se consideran como potencialmente peligrosos son aquellos que han tenido episodios de agresiones a personas, le hayan causado la muerte a otros perros o los que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.
En una entrevista con el diario El Tiempo, el veterinario Gabriel García explicó que “los animales no son agresivos por sí mismos”, y que “la mayoría de los casos de agresiones son realmente comportamientos defensivos”.
Para el momento, lo que dice la ley es que los dueños de animales pueden someterse a multas en caso de no cumplir con las condiciones de tenencia de estos. Aquella persona que lleve a su perro sin correa podría llegar a pagar multas que ascienden a cinco salarios mínimos legales diarios, es decir, unos 190.000 pesos para el año 2023. En caso de que el perro no porte bozal, el dueño tendría que pagar diez salarios mínimos legales diarios, es decir, unos 366.000 pesos.
Según la Ley 746 de 200, en su artículo 108-A, “la tenencia de ejemplares caninos en las viviendas urbanas y rurales requiere que las circunstancias de su alojamiento en el aspecto higiénico y sanitario, de alimentos y custodia, sean las adecuadas, y que no se produzca ninguna situación de peligro o incomodidad para los vecinos u otras personas en general, o para el propio animal”.
“Se permitirá la presencia de ejemplares caninos en los ascensores de edificios públicos y privados que, como guías acompañen a su propietario o tenedor. Para los demás ejemplares, será deber de la copropiedad reglamentar su permisibilidad”, añade en el artículo 108-B.
Por no portar los respectivos permisos para tener a uno de estos ejemplares, el dueño podría tener una multa de 15 salarios mínimos legales diarios, lo que es equivalente a más de 580 mil pesos el 2023.
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