Ministerio de Hacienda desmiente video sobre supuesto bono pensional para antiguos militares

La cartera dejó claro que las únicas entidades habilitadas para efectuar estos pagos son Colpensiones, las AFP y Fonprecon

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Las manifestaciones que se hacen
Las manifestaciones que se hacen en el referido video no son ciertas y lo único que generan son falsas expectativas. Foto: Reuters.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público desmintió la información de un video que circula en redes sociales en el que un presunto miembro de las Fuerzas Militares indica a las personas que prestaron el servicio militar que tienen derecho a un bono pensional y que el mismo debe ser cobrado en la cartera económica, una vez se les haya expedido la Certificación Electrónica de Tiempos Laborados (Cetil).

Por medio de la Oficina de Bonos Pensionales (OBP), la cartera aclaró varios puntos.

Uno de ellos es que de conformidad con lo establecido en el Artículo 115 de la Ley 100 de 1993, que tiene que ver con que los bonos pensionales constituyen aportes destinados a contribuir a la conformación del capital necesario para financiar las pensiones de los afiliados al Sistema General de Pensiones.

Por consiguiente, informó que el procedimiento de liquidación, emisión y pago de esta clase de beneficios (en los casos en que hay lugar a él), se debe adelantar por intermedio de la administradora de pensiones a la cual el interesado se encuentre afiliado, ya sea Colpensiones o algún administradora de fondo privado de pensiones (Colfondos, Protección, Skandia o Porvenir,) o el Fondo de Previsión Social del Congreso de la República (Fonprecon).

Además, que los bonos pensionales no se entregan de manera directa a las personas. Según esta, los bonos pensionales se reconocen y pagan de manera directa a las entidades que administran el Sistema General de Pensiones (Colpensiones, administradora de fondo privado de pensiones, Fonprecon,), previa solicitud que, para el efecto eleven dichas entidades ante el emisor del mismo.

Entonces, tal y como se indica en la parte inferior de los certificados laborales Cetil, la expedición de esta clase de documentos de parte de los empleadores no compromete a la entidad en aquellos casos en que la persona a la cual se le certifica información laboral no tenga derecho a pensión o a ser beneficiario de bono pensional, tampoco le genera el derecho a un beneficio pensional (pensión, bono, indemnización sustitutiva o devolución de saldos) y, por consiguiente, no son bonos pensionales.

Con base en lo anterior, concluyó que las manifestaciones que se hacen en el referido video no son ciertas y lo único que generan son falsas expectativas, porque en ningún momento el Ministerio de Hacienda paga o de manera directa a las personas por concepto de bono pensional como se manifiesta en dicho video.

Cualquier procedimiento de liquidación, emisión
Cualquier procedimiento de liquidación, emisión y pago de bonos pensionales se debe adelantar por intermedio de la administradora de pensiones a la cual el interesado se encuentre afiliado. Reuters.

Militares sí recibirán la Mesada 14

Por medio de su cuenta de Twitter, el ministro de Defensa, Iván Velásquez, anunció el 14 de julio de 2023 que el Consejo de Estado decidió revocar la medida cautelar con la que había suspendido la transferencia de la Mesada 14. Ya la Reserva Activa de las Fuerzas Militares había programado una marcha para exigir este pago, que consiste en un bono adicional para los oficiales en retiro y sus familias.

La Mesada 14 no se iba a pagar este año por una decisión del Consejo de Estado de julio de 2021, ratificada en julio de 2022, en la que se suspendía ese pago en tanto no se resolviera un recurso judicial que pide la nulidad de un acta de abril de 2014 “por medio de la cual se decide sobre el pago de la Mesada 14 a los pensionados del Ministerio de Defensa-Secretaría General Dirección, Administrativa-Grupo de Prestaciones Sociales, que tienen derecho”. El recurso sigue bajo estudio por los magistrados.