
La Procuraduría General de la Nación sancionó, el jueves 15 de junio de 2023, al exgerente de la Empresa de Aseo de Bucaramanga (EMAB S.A. E.S.P), José Manuel Barrera Arias, por irregularidades en el proceso de contratación de la consultoría que daría origen a la licitación pública para la operación de disposición de residuos del municipio.
La sanción del ente de control es de inhabilidad y destitución por 13 años para ejercer empleos públicos, y el Ministerio Público confirmó que el funcionario durante la administración de Rodolfo Hernández realizó el proceso de contratación para la evaluación técnica, ambiental, financiera y jurídica que buscaba implementar una nueva tecnología para el manejo final de las basuras en la ciudad.
Este proceso de contratación concluyó en la suscripción de un contrato de consultoría por $344.950.000 millones con Jorge Hernán Alarcón Ayala.
La Procuraduría Provincial de Juzgamiento de Bucaramanga calificó la conducta de Barrera Arias como gravísima, a título de culpa gravísima, tras ratificar que el servidor público no seleccionó de manera objetiva al contratista, puesto que este mismo habría sido previamente recomendado por el alcalde de la época a los directivos de la EMAB.
Por consiguiente, el ente de control, en fallo de primera instancia, corroboró que no existió una evaluación imparcial sino que, por el contrario, hubo un interés personal en la selección de Alarcón Ayala como ejecutor de la consultoría. De esta manera se vulneró el principio de imparcialidad y selección objetiva en la contratación pública y de ahí la inhabilidad para ejercer cargos públicos por más de una década.
La inhabilidad de Rodolfo Hernández
Con relación a este caso vale recordar que el pasado 31 de mayo la Procuraduría General sancionó al exalcalde de Bucaramanga Rodolfo Hernández con destitución e inhabilidad general por 14 años por su interés indebido en el proceso de asignación del contrato para el manejo de residuos sólidos a la unión temporal Vitalogic RSU.
El ente determinó que el excandidato a la Presidencia llevó a cabo varias acciones con la finalidad de favorecer la adjudicación del contrato a la mencionada unión temporal. Y se comprobó que Hernández tuvo contacto directo con los representantes de la tecnología que se iba a implementar.
Durante estos encuentros, indicó el ente de control, el exalcalde Hernández proporcionó información privilegiada sobre los requisitos que debían cumplirse para asegurar la adjudicación del contrato, lo que les otorgaba una ventaja injusta sobre los demás competidores en el proceso de selección.
De acuerdo con el comunicado de la Procuraduría el exmandatario sostuvo una reunión en la ciudad de Bogotá con representantes de la compañía, pero no para escuchar sus propuestas, sino para conocer la estructura del proyecto que previamente había solicitado.
Y precisó que durante ese encuentro acordaron designar a la persona encargada de elaborar los términos que asegurarían la selección de la mencionada empresa contratista.
En ese orden de ideas el Ministerio encontró pruebas de que el exalcalde llevó a cabo acciones para coaccionar al director jurídico de la Empresa de Aseo de Bucaramanga (EMAB) y lo exhortó a omitir las reglas de contratación y el manual existente, con el fin de formalizar el negocio de manejo de basuras.
Esta se constituyó como la tercera sanción que recibe elexcandidato presidencial, y de acuerdo con la normativa esta conlleva una inhabilidad permanente. Sin embargo, su situación final quedará determinada cuando el Consejo de Estado decida si revisará o no el caso.
Consejo de Estado salvó a Hernández de “muerte política”
Pasado el dictamen de la Procuraduría, el Consejo de Estado negó una demanda que pedía que se decretara la pérdida de investidura o la ‘muerte política’ del exsenador Rodolfo Hernández.
Dicha demanda decía que el exsenador supuestamente había incurrido en tráfico de influencias “al solicitar a la representante a la Cámara Marelen Castillo Torres que designara unas personas en su Unidad de Trabajo Legislativo (UTL), para lo cual e envió un correo electrónico con unas hojas de vida”.
La demanda fue presentada por Nisson Alfredo Vahos Pérez y Yezid Gaitán Marín.
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