
En la noche del jueves 18 de mayo, la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes aprobó en tiempo récord el articulado de la reforma a la salud impulsada por el gobierno del presidente Gustavo Petro.
La estrategia de la bancada del Gobierno consistía en agrupar varios bloques de artículos, alejando los puntos controversiales de la iniciativa e ir depurando hasta que terminaran de votar.
En comparación con la sesión anterior de la Comisión Séptima, en la que solo se aprobaron 24 artículos, esta vez se lograron aprobar 93, algo que fue considerado como una victoria de la bancada de Gobierno, ya que solo 31 tuvieron modificaciones de fondo. Ahora, solo quedaron 22 pendientes por discutirse y los nuevos que avalen los ponentes.
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En esta ocasión la mayoría de los artículos no obtuvieron debates a profundidad, solo dos congresistas, los representantes Andrés Forero y Juan Felipe Corzo, del Centro Democrático, cuestionaron el articulado.
“Me preocupa que el debate va pasando, nos vamos quedando sin artículos y no se han aceptado ninguna proposición a los liberales, conservadores y la doctora Dilian. Cada vez esta reforma se está pareciendo más a la de la exministra Corcho”, dijo el representante Forero.
De acuerdo con la Cámara de Representantes, entre los artículos que fueron votados está el 134, el cual otorga facultades al Ministerio de Salud para implementar el Plan Nacional de Salud Rural en un plazo máximo de seis meses a partir de la entrada en vigencia de la ley.
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La discusión sobre los artículos faltantes de la reforma a la salud seguirá el viernes 19 de mayo en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes.
En la tarde del 18 de mayo se le dio visto bueno a un bloque de siete artículos que no tenían proposiciones algunas. Ellos son el 11, 18, 76, 93, 98, 106 y 116. El resultado de la votación fue de 15 votos por sí y 6 por el no.
En lo que se refiere al artículo 11, este establece el funcionamiento del Consejo Nacional de Salud. Señala que sesionará de forma ordinaria cada trimestre en febrero, mayo, agosto y noviembre. Podrá ser convocado a sesión de manera extraordinaria por el ministro de Salud y Protección Social o por solicitud de cinco de los miembros, cuando se requiera adoptar una decisión o conocer de alguna de sus materias oportunamente o cuando una situación extraordinaria lo amerite.
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Por su parte, el artículo 18 deja claro el papel de las instancias operativas del Sistema de Salud, que son las de financiamiento, de administración y gestión de la salud, de prestación de servicios de salud, de información, de participación social y de inspección, vigilancia y control, definidas en dicho proyecto de ley.
A su vez, se aprobó el artículo 76, que establece las Redes Integradas e Integrales de Servicios de Salud (Riiss).
Según el texto, la prestación de servicios de salud se hará por medio de las Riss, entendidas como el conjunto de organizaciones que prestan servicios o hacen acuerdos para prestar atención sanitaria con calidad, equitativos, integrales, integrados, oportunos y continuos de manera coordinada y eficiente, con una orientación familiar y comunitaria a una población ubicada en un espacio poblacional determinado.
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“Las redes integradas e integrales deberán presentar resultados clínicos por el estado de salud de la población a la que sirve. Los servicios en materia de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación se dispensarán por las Redes integradas e integrales con la suficiencia técnica y administrativa necesarias”, se lee en el documento.
De igual forma, precisa que las instituciones que conforman las redes integrales e integradas están obligadas a informar de manera continua y en tiempo real la actividad ejercida por medio del Sistema Público Único de Información en Salud (Spuis) y rendir de forma periódica cuentas al Estado y a la sociedad.
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