
El 27 de marzo de 2023, en vísperas a las celebraciones y conmemoraciones propias de la Semana Santa en Colombia, el alcalde del municipio del Guamo en el departamento del Tolima, a través del Decreto 030, prohibió el uso de radios y equipos de sonido en los días en los que se tenía planeado desarrollar las actividades de la Semana Mayor.
Rafael Monroy Guzmán fue el alcalde al que se le ocurrió prohibir desde el 5 de abril, a partir de las 6:00 a. m. hasta la media noche del domingo 9 de abril de 2023 el uso de radios o equipos de sonido en el municipio. En esencia, el artículo primero del decreto determinó que no se podía hacer uso de equipos que emitan sonido al medio ambiente y que se encontraban ubicados en el espacio público del municipio, a menos que, contaran con la autorización previa de las autoridades del Guamo.
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Esta fue la razón por la que la Procuraduría General de la Nación anunció que abrió una investigación contra el alcalde de Guamo, Rafael Monroy Guzmán, puesto que el Ministerio Público lo consideró un “polémico decreto”.
De acuerdo con la Procuraduría, “el ente de control investiga si el primer mandatario incurrió en falta disciplinaria, por establecer mediante un acto administrativo que para regular lo que tiene que ver con el respeto y el orden ‘se prohíbe, por ejemplo, la música durante toda la semana para que tengamos una semana tranquila, de reflexión y mucha oración’”.
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Para la investigación, desde el Ministerio Público se ordenó la práctica de pruebas con las que espera verificar si el alcalde Monroy Guzmán incurrió en conductas presuntamente irregulares, con el fin de determinar “si constituyen faltas disciplinarias y el posible perjuicio causado”.
El polémico decreto
El uso de radios y equipos de sonido no fue lo único que se prohibió en el Decreto 030 del 27 de marzo de 2023, pues como un intento por parte del alcalde de “ofrecer a residentes y turistas un trato adecuado en relación con el servicio que prestan los establecimientos públicos, en el sentido de garantizar su comodidad, seguridad y buena tención”, también se decretaron cosas como que, por ejemplo, los equipos de sonido privados debían estar a un volumen moderado.
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Así se decretó en el artículo segundo del decreto, donde se lee que, “los equipos amplificadores que se encuentren en zonas de uso privado deberán emitir sonidos sin alterar o perturbar la tranquilidad y sin exceder los límites de ley”.
El artículo quinto también prohibió los escándalos, riñas y conflictos públicos; como también, faltar al respeto a las autoridades y, en general, “realizar cualquier acto que altere la tranquilidad ciudadana durante el evento” de Semana Santa.
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Tampoco se autorizaron desfiles, marchas o manifestaciones a las ya autorizadas de manera previa por parte de la alcaldía, por lo que, solo podían salir a las calles de manera organizada las personas que esperaban hacer parte de la celebración de la Semana Mayor.
Y es que hasta los animales tuvieron que quedarse en la propiedad de sus dueños, pues también estaba prohibido que animales como caballos, burros o vacas permanecieran en los alrededores de los parques del municipio; como también, en las calles de la parte urbana del Guamo.
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Según el decreto, las medidas fueron tomadas, entre otras, por la tradición de Semana Santa que ocasiona “gran afluencia de turistas que arriban al municipio, aumentando significativamente la conglomeración de los pobladores alrededor de los centros religiosos existentes en nuestro ente territorial”.
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