Avianca y Viva Air se salvarían de la investigación de la SIC si cumplen con ciertas garantías a los usuarios afectados

Devolución del dinero de los tiquetes adquiridos con la low-cost y cumplimiento de los vuelos son algunas de las condiciones que tendrán que cumplir las aerolíneas por orden de la Superintendencia

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Avianca y Viva solicitaron integración. FOTO: JESÚS AVILÉS
Imagen de archivo de Avianca y Viva Air. Ilustración Jesús Avíles-Infobae Colombia

Como condición para terminar su investigación contra Avianca y Viva Air por una integración sin previa autorización, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) estableció un esquema de garantías para los usuarios afectados por el cese de operaciones de la low-cost, el cual deberá ser cumplido por las dos aerolíneas si quieren que se dé por terminada la indagación en su contra.

Lo anterior quiere decir que, la investigación en contra de las dos aerolíneas se hará efectiva solo si no cumplen con el esquema de garantías establecidos por la entidad, con las cuales se busca generar beneficios para la competencia y los consumidores.

El esquema, según precisó la SIC, comprende una serie de medidas estructurales con las que se pretende “proteger la dinámica de competencia en el mercado de transporte aéreo y para beneficiar a los consumidores, principalmente aquellos que pudieron resultar afectados por la suspensión de operaciones de Viva Colombia y Viva Perú.

Lo que pide la SIC a Avianca y Viva Air

La primera medida que deberán cumplir Avianca y Viva Air es que aseguren que, mientras no obtengan la autorización por parte de la Aeronáutica Civil (Aerocivil) para integrarse, o incluso si finalmente no deciden agruparse en un mismo grupo económico, actúen de manera independiente en el mercado aéreo.

Avianca y Viva Air-Colombia
La Aerocivil aún no ha determinado si Avianca y Viva Air se integrarán. Ilustración Jesús Áviles Infobae Colombia

Las dos aerolíneas así mismo tendrán que apartar de sus cargos a aquellas personas que puedan generar vínculos entre Avianca, Viva Colombia y Viva Perú, con el fin de asegurar que no exista una coordinación en el comportamiento competitivo de las compañías. La medida, de acuerdo con la SIC, deberá ejecutarse “de manera inmediata y definitiva”.

La tercera condición para terminar anticipadamente la investigación, será garantizar la compensación de los pasajeros que resultaron afectados por el cese de operaciones de Viva Colombia y Viva Perú el pasado 27 de febrero.

“La garantía incluye, a elección del consumidor, que Avianca, Viva Colombia y Viva Perú expidan un voucher por el 150% del valor total del tiquete que podrá ser redimido en esas aerolíneas, se obliguen a prestar el servicio en las condiciones inicialmente pactadas o reembolsen el total del dinero pagado con la correspondiente indexación basada en el incremento del IPC”, detalló la SIC.

Avianca y Viva Air además deberán poner a disposición de los pasajeros afectados diferentes canales de atención especiales y diferenciados para atender las solicitudes que presenten.

Foto de archivo. Aviones de la aerolínea Avianca se ven estacionados en el aeropuerto El Dorado de Bogotá, Colombia. REUTERS/Luisa González
Foto de archivo. Aviones de la aerolínea Avianca se ven estacionados en el aeropuerto El Dorado de Bogotá, Colombia. REUTERS/Luisa González

En el caso de que la integración finalmente no se concrete y haya una disolución y/o liquidación de cualquiera de las dos aerolíneas investigadas, el esquema de garantías establecido por la SIC se mantendrá vigente, por lo que “será exigible respecto de las demás investigadas que continúen desarrollando su objeto social”.

Las dos últimas medidas que deberán cumplir las dos compañías aéreas son la presentación de un informe semanal, realizado por un auditor independiente, para verificar el cumplimiento de las garantías, además de poner en marcha programas para prevenir que Avianca y Viva Air incurran en prácticas anticompetitivas.

De incumplirse las medidas establecidas en el esquema de garantías, las aerolíneas investigadas podrían ser multadas con 100.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, de conformidad con el artículo 25 de la Ley 1340 de 2009.