
Luis Carlos Reyes Hernández, director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en un entrevista con el diario El País, habló de la que es una de las principales prioridades del Estado en lo que respecta a sus finanzas: aquellos ciudadanos que evaden los pagos de sus impuestos. Según declaró en ese medio de comunicación, esto le cuesta al país, anualmente, unos 80 billones de pesos al año. Destacó que para este año se tiene presupuestada la recaudación de $300 billones “por concepto de impuestos y lucha contra la evasión”.
“Saber exactamente cuántos evasores hay es complicado, lo que se puede saber es cuánto se está evadiendo. Esto se hace a partir de lo que se conoce como cuentas nacionales, que son las mismas cifras que vienen del Producto Interno Bruto, PIB, entonces, a veces es más fácil medir el monto monetario que saber exactamente cuántos evasores hay. Pero estamos hablando de cientos de miles de personas que en realidad en un país de más de 50 millones de habitantes, son pocos, pero son una minoría que tiene que empezar a entender que sus obligaciones con el Estado colombiano son serias”, reveló el funcionario en su entrevista con ese medio local.
Según argumentó, cerca de una tercera parte de esos $80 billones de evasión provienen del IVA. Así mismo, la otra tercera parte viene del impuesto de Renta de empresas. El valor restante es consecuencia de la evasión de pago de renta de personas naturales.
Para diciembre del año pasado, Luis Caros Reyes, en el marco de la rendición de cuentas del Ministerio de Hacienda, comentó: “las estimaciones de la evasión son preocupantes, lo sabemos, en evasión por parte de personas naturales se estima alrededor de 2,2 % del producto interno bruto, y es algo similar en la evasión de IVA, y un 1,8 % del PIB en personas jurídicas, lo cual nos lleva a casi 6 puntos porcentuales del PIB, que representan 80 billones de pesos. Comparado con la magnitud de la reforma tributaria esto es grande, y es por eso que la reforma incluye una serie de medidas para dar una lucha frontal contra la evasión”.
Uno de los temas puestos sobre la mesa en la reforma tributaria, que fue aprobada en el Congreso de la República en el año 2022, se refiere a tomar acción contra, precisamente, la evasión de impuestos. En este sentido, considerando la reforma, las penas carcelarias para quienes evadan impuestos podrían ir desde los 4 a los 9 años de prisión, lo que se aplicaría a evasores ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), entidad que se encuentra adscrita al Ministerio de Hacienda.

De acuerdo con el documento, el objetivo de estas modificaciones sobre los evasores de impuestos sería aumentar la cantidad de contribuyentes en el país. Es así que se propuso que aumentaran las sanciones para quienes realizan esta práctica frente en el territorio nacional. Una de las medidas para lograr el fortalecimiento de medidas, incluye las penas carcelarias.
En este sentido, el artículo de la reforma tributaria también integró otro tipo de sanción, en este caso económico, para quienes oculten bienes o reincidan en la práctica. Estos funcionarán a partir de tres momentos. Por un lado, la multa estipulada a la omisión, si reincide, esta será mucho más estricta y se sumará la privación de la libertad con una detención entre los 36 y los 60 meses de prisión, como segunda medida.
La tercera ocasión en la que se aplica la sanción, sería con una pena de prisión más alta, aunque, según señala el documento, los beneficios de rebajas vigentes tienen la capacidad de interferir con el proyecto. De acuerdo con la información del texto, los casos que aplicarían para la medida, tendrían que ser sancionados con penas de cárcel de 3 a 5 años cuando se trata de un monto igual o superior a 100 salarios mínimos mensuales vigentes, pero no más de 2.500 salarios mínimos.
En este sentido, se establecen los siguientes casos de defraudación que tendrían sanción, siempre que estén en la obligación de declarar:
- Personas que no realicen la declaración tributaria
- Personas que en su declaración tributaria omitan información acerca de sus ingresos
- Personas que incluyan gastos o costos que no existen
- Personas que reclamen créditos fiscales, anticipos improcedentes o retenciones con el fin de evadir impuestos
- Personas que generen un menor valor a pagar o mayor saldo a favor en sus declaraciones
Por otro lado, en casos donde el valor sea mayor a 2.500 salarios mínimos, pero menos de 5.000, las penas previstas se incrementarán en una tercera parte, mientras que para los casos donde el valor supere los 5.000 salarios mínimos, las penas aumentarán a la mitad.
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