
En septiembre del 2018, una mujer acudió al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Querétaro tras presentar un dolor abdominal. No obstante, un mal diagnóstico terminó en la amputación de ambas piernas, así como la extirpación del útero de la víctima. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) recuperó el caso y emitió una serie de recomendaciones a las autoridades médicas.
Fue en junio del 2019 que la víctima se dirigió a la Defensoría de los Derechos Humanos en Querétaro, en donde denunció a las unidades médicas que la atendieron en aquel entonces por haberle proporcionado una deficiente atención médica durante un legrado ocasionado por un retiro mal logrado de un dispositivo intrauterino (DIU), lo que le ocasionó una severa infección y tres paros cardíacos.
La mujer de 27 años acudió a la Unidad de Medicina Familiar número 9 (UFM-9) por un dolor en la zona abdominal. En ese entonces se le diagnosticó una infección urinaria y colitis sin haberle realizado estudios. Posteriormente acudió al Hospital General Regional número 1 (HGR-1) al área de gineco obstetricia para retirar un DIU, en donde se le diagnosticó lumbalgia aguda, nuevamente sin previos estudios.

Sin embargo, ahí no se detuvo su situación, pues en el mismo mes ingresó a urgencias en la UMF-9 para ser trasladada al HGR-1, padeciendo una deshidratación severa, así como gastroenteritis infecciosa y gran pérdida de sangre. Fue ahí donde se le realizó el procedimiento de extirpación del útero, un ovario y se le amputaron las dos piernas. Así lo dio a conocer la CNDH.
De acuerdo con el organismo, la denunciante ingresó al hospital en una condición grave por diagnósticos preliminares negligentes, además de que presentaba una infección generalizada, por lo que tuvo que ser intubada y recibió una transfusión sanguínea, lo que la llevó a sufrir una serie de paros cardíacos y un proceso de reanimación de media hora.
Derivado de los sucesos, la CNCH consideró que la atención que la víctima recibió no fue oportuna, en especial la dada en la UMF-9, donde las autoridades emitieron un diagnóstico sin haber realizado los estudios correspondientes, entre los que destacan ultrasonidos, rayos X o laboratorios clínicos.

Además, la Comisión señaló que puede probar que el retiro del dispositivo intrauterino se dio fuera de la Norma Oficial Mexicana indicada, por lo que se vulneraron los derechos de la víctima con lo que “podría presentar trastornos fisiológicos secundarios de su función reproductiva, alteraciones de la función sexual y trastornos psicológicos relacionados a la pérdida del útero”, señaló el organismo.
Por su parte, se aclaró que si bien, la amputación de ambas piernas se realizó para salvar la vida de la mujer, el problema fue resultado de la mala atención médica que recibió, en donde se destacó un servicio “deficiente e incompleto y de un inadecuado seguimiento de control”.
Por tanto, la institución encargada de vigilar el cumplimiento de los derechos humanos en México solicitó a Zoé Robledo Aburto la inmediata reparación del daño, en donde se incluye una compensación económica suficiente, atención médica de forma vitalicia derivado de su discapacidad permanente, todos los dispositivos de prótesis necesarios, becas para sus dos familiares directamente afectados, atención psicológica y psiquiátrica profesional, así como el acceso a programas sociales.

En tanto, el IMSS tendrá que colaborar para el trámite y seguimiento de las denuncias presentadas contra los servidores públicos señalados como responsables.
Autoridades de la institución médica se limitaron a responder mediante una tarjeta informativa en donde refirieron analizar la recomendación 118/2022 de la CNDH, al tiempo que refrendaron su disposición para cooperar.
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