
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sanción a Morena por 4 millones 529 mil pesos, al acreditar que la hoy titular de la Secretaría de Educación Pública (SEP), Delfina Gómez, generó un esquema de retenciones salariales aplicadas a los empleados del municipio de Texcoco con el objetivo de beneficiar al partido.
De acuerdo con el órgano electoral, cuando fungió como presidenta municipal, entre 2012 y 2015, Gómez Álvarez utilizó un esquema de financiamiento paralelo para apoyar las actividades ordinarias de Morena, mediante la retención de un porcentaje del salario de los trabajadores del ayuntamiento de Texcoco y del Sistema del Desarrollo Integral para la Familia (DIF), por un monto acreditado de 2 millones 264 mil 612 pesos.
Sin embargo, en 2017 el Partido Acción Nacional (PAN) presentó una queja en contra de Gómez Álvarez, entonces candidata a la gubernatura del Estado de México, por presuntamente descontar un porcentaje del salario de los trabajadores del Ayuntamiento entre los meses de febrero de 2013 y julio de 2015.

En la queja se declaró que el porcentaje fue utilizado para la constitución de Morena como un partido político nacional y para sus funciones ordinarias, así como para la campaña a diputada federal de Gómez Álvarez durante el proceso 2014-2015.
Tras la denuncia, el tres de septiembre de 2021 el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió que se acreditó una infracción en materia de fiscalización por parte de Morena, por lo que le impuso una sanción de 4 millones 529 mil pesos.
No obstante, el INE consideró que no se acreditó un beneficio concreto y directo a favor de la campaña electoral de Gómez Álvarez, razón por la que la resolución fue recurrida por los partidos Morena y Acción Nacional.

Por lo anterior, la tarde de este miércoles, a propuesta del magistrado Indalfer Infante González, la Sala Superior acreditó, mediante diversas pruebas indirectas, la responsabilidad de Morena de incurrir en la omisión de reportar ingresos en los años 2014 y 2015 durante la correspondiente fiscalización, al omitir reportar a la autoridad el beneficio que recibió por parte del Grupo Acción Política.
Además, el Tribunal Electoral resaltó que existieron diversas pruebas indirectas para sustentar la sanción, tales como:
- Existieron diversas transferencias entre algunos trabajadores del municipio que, a la vez, eran militantes de Morena, personas físicas y morales, sin acreditar para qué tipo de actos o servicios fueron transferidos los recursos referidos.

- Se dieron declaraciones en medios donde se obtuvieron datos sobre la vinculación de dirigentes del Grupo Acción Política con Morena, así como que Delfina Gómez haya aceptado que los recursos retenidos a los trabajadores serían para apoyar al partido político.
El TEPJF también determinó que es obligación de los partidos políticos reportar todos los ingresos que obtengan, así como su fuente y destino, “por lo que Morena incumplió dicha responsabilidad al omitir registrar los ingresos provenientes de las retenciones a los trabajadores. Así, su omisión sí le generó un benefició que no reportó al INE, lo que fue un actuar ilícito”.
Respecto a los señalamientos del PAN en contra de la presunta participación y beneficio de Delfina Gómez, así como de otras dos militantes de Morena, los magistrados desestimaron dichos planteamientos, pues indicó que el único responsable en materia de fiscalización es Morena.
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