Entraron en vigor los cambios en la Ley de Movilidad de CDMX: cuáles son los beneficios

Las modificaciones buscan simplificar algunos trámites de control vehicular, como el alta de placas de automóviles nuevos y usados, el cambio de propietario o el refrendo de la tarjeta de circulación, entre otros

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Vehículos foráneos serán restringidos en su circulación en CDMX (Foto: Cuartoscuro.com)
Vehículos foráneos serán restringidos en su circulación en CDMX (Foto: Cuartoscuro.com)

Realizar trámites vehiculares en la Ciudad de México ahora será mucho más sencillo.

Esta semana, el gobierno capitalino dio a conocer los cambios que introdujo en el reglamento de la Ley de Movilidad estatal, y que simplificarán la gestión de algunos procesos habituales, como el alta de placas de vehículos nuevos y usados, la baja de un automóvil, la reposición de la Tarjeta de Circulación, o el cambio de domicilio, de motor o propietario.

“La cantidad de trámites que se tenían que realizar para que las personas se reemplacaran en la ciudad, si tenían vehículo emplacado en otra entidad de la República, o para cambio de propietario, pues era prácticamente imposible de cumplir”, dijo al respecto la jefa del ejecutivo estatal, Claudia Sheinbaum.

Las modificaciones se publicaron en la Gaceta de la Ciudad de México el pasado martes y entraron en vigor este miércoles 24 de noviembre. Básicamente, se eliminan múltiples requisitos que antes sí se exigían y dificultaban los procesos.

“Parecen menores digamos las modificaciones, pero el [hecho de] que para hacer un cambio de propietario uno tuviera que tener el papel de la tenencia pagada de hace seis años, cuando se puede ver directamente si tiene deudas o no con la tesorería, pues no tiene mucho sentido”, agregó Sheinbaum.

Con las nuevas medidas, los propietarios de vehículos particulares o de ruta fija, taxis o transporte de carga no tendrán que presentar un comprobante de domicilio. Para acreditar sus datos personales, bastará con mostrar el INE o facilitar una carta firmada bajo protesta de decir verdad, que incluya el nombre, dirección y número de teléfono del titular. Además, tampoco será obligatorio el pago de infracciones al momento de realizar la gestión. Los conductores podrán completar el trámite y después, más adelante, abonar sus multas.

El subsecretario de transporte de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México (SEMOVI), dijo que los cambios tienen fundamentalmente tres ejes.

“El análisis contempló pues, cómo facilitamos estos tipos de trámites, cómo lo hacemos más accesible para el ciudadano, y tenemos ahí tres rubros importantes: uno que se refiere a la revisión de pagos; otro al que se refiere a la revisión de infracciones y otro que se refiere a la actualización de los datos personales del interesado al hacer un trámite de control vehicular”.

Al simplificar esos tres puntos a través del programa integral, se espera ayudar a los ciudadanos a cumplir con sus obligaciones y que esto tenga una repercusión en la Tesorería estatal, aumentando los ingresos de la capital.

“De manera muy sintética, lo que permite es que los ciudadanos tengan una experiencia mucho más sencilla, con mucho menos espacio para la corrupción y que, de manera más rápida puedan regularizar sus vehículos y cumplir con sus obligaciones ante la Ciudad de México”, apuntó el director general del Gobierno Digital de la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP), Eduardo Clark García Dobarganes.

 (Foto: Cuartoscuro)
(Foto: Cuartoscuro)

Cambios al reglamento de la Ley de Movilidad: ¿Cuáles son los beneficios?

- Se facilitará el alta de placas de vehículos nuevos y usados, baja de vehículos, la reposición de la Tarjeta de Circulación, cambios de domicilio, de motor y de propietario.

- No se pedirá ningún documento para certificar la revisión de pagos: antes se pedían seis documentos de pago. Ahora se verificará de forma automatizada por el webservice de SEMOVI y la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF).

- El pago de infracciones ya no será un requisito, así que los usuarios podrán realizar sus trámites vehiculares y después, cumplir las infracciones. La revisión del cumplimiento de pagos de sanciones seguirá vinculada a la verificación vehicular o al ser remitidos al corralón.

- Ya no se requerirá un comprobante de domicilio para comprobar tus datos personales. Ahora bastará con la credencial del INE o con una carta bajo protesta de decir verdad en la que figure el nombre, domicilio y teléfono del titular o en su caso, correo electrónico.

Además, García Dobarganes indicó que están trabajando para digitalizar trámites como el refrendo de la tarjeta de circulación y el alta de vehículos foráneos.

(Foto: Twitter @LaSEMOVI)
(Foto: Twitter @LaSEMOVI)

Trámite a trámite: ¿qué requisitos se exigirán ahora?

Alta nuevos vehículos: identificación oficial (o comprobación digital de identidad); factura o carta factura; y tarjeta INE o carta firmada bajo protesta de decir verdad, para comprobar el domicilio.

Alta vehículos usados: identificación oficial (o comprobación digital de identidad); factura o carta factura; y tarjeta INE o carta firmada bajo protesta de decir verdad, para comprobar el domicilio.

Baja de vehículos: identificación oficial (o comprobación digital de identidad); placas de matrícula y/o acta digital, Tarjeta de circulación y/o acta digital.

Reposición Tarjeta de Circulación (TDC): identificación oficial (o comprobación digital de identidad); tarjeta de circulación y/o acta digital.

Cambio de propietario: identificación oficial (o comprobación digital de identidad); factura o carta factura; INE o carta bajo protesta de decir verdad para comprobar domicilio; Tarjeta de Circulación y/o acta digital.

Cambio de domicilio: identificación oficial (o comprobación digital de identidad); INE o carta bajo protesta de decir verdad para comprobar domicilio.

Cambio de motor: identificación oficial (o comprobación digital de identidad); Tarjeta de Circulación y /o acta digital.

Refrendo de Tarjeta de Circulación: identificación oficial (o comprobante digital de identidad).

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