Cuál será el horario del Metro de la Ciudad de México para el puente del 1 de febrero

El lunes también comenzará a operar la Línea 3 del STC

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El funcionamiento del Metro, de acuerdo con el horario establecido para días festivos, será a partir de las siete de la mañana (Foto: Daniel Augusto/cuartoscuro.com)
El funcionamiento del Metro, de acuerdo con el horario establecido para días festivos, será a partir de las siete de la mañana (Foto: Daniel Augusto/cuartoscuro.com)

En el último informe virtual de la red emergente implementada por la Secretaría de Movilidad, el secretario Andrés Lajous Loaeza, adelantó los horarios de servicio en el transporte público para el lunes 1 de febrero. Conforme a lo establecido para los días festivos en el Metro, tanto éste como los vehículos alternos comenzarán a brindar servicio a partir de las siete de la mañana.

“Una cosa importante mencionar es que el día lunes es considerado un día inhábil. Por lo tanto, los horarios de servicio son los horarios de servicio de un domingo. Los domingos en el metro y en el transporte público, y así será en la red emergente, el inicio será a las siete de la mañana de operación, insisto, como suele ser los domingos”, aclaró.

De esa forma, la Red de Apoyo Emergente de Movilidad Integrada, con rutas en los trayectos de las líneas suspendidas a raíz del incendio en las instalaciones del Sistema de Transporte Colectivo (STC), comenzará sus operaciones desde las siete con la finalidad de coincidir con el horario del Metro.

Este mismo día, después de haber permanecido cerrada por tres semanas, la Línea 3 del STC podrá ser utilizada por el público para trasladarse a lo largo de sus 21 estaciones entre Indios Verdes y Universidad. Con ello, ya funcionarán 13 de las 14 líneas que componen la red. De acuerdo con estimaciones de las autoridades, la Línea 2 podría ser habilitada a partir del ocho de febrero.

El horario fue confirmado a través de las cuentas oficiales del Metro (Foto: Twitter@MetroCDMX)
El horario fue confirmado a través de las cuentas oficiales del Metro (Foto: Twitter@MetroCDMX)

Horario en transportes de la Red de Movilidad Integrada (MI)

El Sistema de Movilidad Integrada (MI) es una de las principales apuestas de la administración encabezada por Claudia Sheinbaum Pardo. A través de la iniciativa busca fortalecer el transporte público y reducir el tráfico en la capital para mejorar la movilidad de las personas.

En la actualidad, la red está integrada por Metro, Metrobús, Sistema de Transportes Eléctricos (STE), Red de Transporte de Pasajeros (RTP), Autobuses, Ecobici, Centros de Transferencia Modal (CETRAM) y Cablebús, aunque el último aún se encuentra en proceso de instalación, así como Mexibús y Tren suburbano. A pesar de integrar el mismo grupo, cada una de las redes cuenta con horarios específicos para días festivos.

- Metro (y Red de Apoyo Emergente de Movilidad Integrada) - 7:00 a 00:00

- Metrobús - 05:00 a 0:00

- Tren Ligero - 7:00 a 0:00

- Trolebús - 5:30 a 0:00

- RTP - 5:30 A 0:00

- Tren Suburbano - 7:30 a 0:30

- Mexibús 4:30 a 1:00

Los transporte emergentes de las Líneas 1, 2 y 3 también funcionarán desde las siete de la mañana (Foto: Armando Monroy/cuartoscuro.com)
Los transporte emergentes de las Líneas 1, 2 y 3 también funcionarán desde las siete de la mañana (Foto: Armando Monroy/cuartoscuro.com)

Por qué el 1 de febrero no se labora

El lunes, en realidad, se conmemora una efeméride del 5 de febrero, cuando se cumplen 104 años de la promulgación de la Constitución Política de 1917, documento emanado de la revolución mexicana. Sin embargo, el otorgamiento del lunes se encuentra establecido en la Ley Federal del Trabajo.

El primer lunes de febrero está catalogado como uno de descanso obligatorio en el código, aunque no siempre fue así. Hasta antes de diciembre de 2005, los días festivos eran conmemorados en la fecha precisa. Sin embargo, si alguno de ellos coincidía con jueves o martes, por ejemplo, los días intermedios con el fin de semana, como lunes o viernes, se incorporaban como periodos sin actividad por el sencillo hecho de estar entre días de asueto.

Con la finalidad de sustituir los “puentes mexicanos” con “fines de semana largos”, se determinó recorrer algunos días oficiales al lunes más cercano para el asueto. En ese sentido, el artículo 74 establece como días de descanso obligatorio:

- El 1 de enero.

- El primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero.

- El tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo.

- El 1 de mayo.

- El 16 de septiembre.

- El tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre.

- El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.

- El 25 de diciembre.

- El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones extraordinarias, para efectuar la jornada electoral.

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