Malas noticias para los “franeleros” de la Ciudad de México. Este 29 de octubre el Grupo Parlamentario de Morena presentó al Congreso de la capital una iniciativa para sancionar con hasta 36 horas de trabajo comunitario a aquellos que aparten lugares en la vía pública.
En este sentido, se señalan como conductas violatorias al reglamento “colocar, instalar, arrojar o abandonar objetos o residuos, que puedan entorpecer u obstruir la libre circulación de los peatones y/o vehículos”.
La iniciativa fue presentada por el diputado Nazario Norberto Sánchez, con el objetivo de recuperar los espacios públicos y la sana convivencia.
Sin embargo, detalló que no sólo serían sancionados los franeleros o “viene, viene”, sino además aquellas personas que colocan objetos frente a sus domicilios.

Resaltó que este problema no es nuevo ya que tiene muchos años esta práctica a través del uso de botes, postes, palos, llantas, tabiques y hasta personas que se dedican a apartar lugares.
Norberto Sánchez aseguró que los habitantes de la capital tienen un largo camino en el ámbito de la cultura cívica.
Al respecto, varios usuarios en redes sociales aplaudieron la iniciativa y señalaron que en zonas turísticas y de oficinas, los franeleros han secuestrado las calles con presuntamente apoyo de los policías:
“Eso ya existe, solo falta aplicar la ley. La mayoría de las ocasiones los policías reciben su parte de los viene viene y se hacen de la vista gorda. Ojalá las sanciones sean ejemplares”. “Por la zona alrededor de la basílica son 30 pesos mínimo para dejarlo estacionar, si no paga no se estaciona. Más bien hay que quitar a los franeleros”, “Buena propuesta espero y sí se concrete y también tomen en cuenta a los carros chatarra, los talleres que dejan los carros en la calle y los transportistas como grúas”, fueron algunos de los comentarios.
¿Qué cambiaría en la Ley?

Para adicionar dichas conductas es necesario reformar la fracción XII del artículo 29 de la Ley del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, así como la fracción II del Artículo 28 de la Ley de Cultura Cívica local.
“Colocar, instalar, arrojar o abandonar objetos o residuos, o impedir o estorbar de cualquier forma el uso de la vía y el espacio público, la libertad de tránsito o de acción de las personas, siempre que no exista permiso ni causa justificada para ello, para estos efectos, se entenderá que existe causa justificada siempre que la obstrucción del uso de la vía pública, de la libertad de tránsito”, destaca el documento propuesto.
Informó que las horas determinadas de trabajo en favor de la comunidad consistirán en el retiro permanente de los objetos o residuos materia, así como en coadyuvar en el retiro de otros dentro de la demarcación territorial en la que se encuentre la persona infractora.
La iniciativa ya fue turnada a las Comisiones Unidas de Administración Pública Local y la de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias, con opinión de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia para su análisis y dictaminación.
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