
La entrada en vigor del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) ha generado una serie de controversias ligadas a la Ley Federal de Derechos de Autor (LFDA) que fue reformada para adecuarse al capítulo que corresponde a la propiedad intelectual del nuevo convenio internacional.
La propuesta de sanciones más rígidas están dirigidas a proteger los derechos de autor y combatir la pirateria, de acuerdo con el periódico El Universal. Este tipo de reformas han sido denunciadas por la Red de Defensa de Derechos Digitales (R3D) como una violación grave a los derechos humanos.
Ante este panorama, usuarios en redes sociales comenzaron a mostrar su inconformidad con el hashtag #NiCensuraNiCandados, el cual invitaba a los mexicanos a protestar para evitar que la Cámara de Diputados aprobaran dichas reformas.
Aunque la reforma se amplía a varios sectores, hay dos áreas que han causado especial inconformidad: la censura digital y la reparación o modificación de dispositivos electrónicos como celulares, consolas o computadoras.
La primera parte de estos dos polémicos apartados es el referente al mecanismo conocido como notificación y retirada. Este también se encuentra establecido en los Estados Unidos y consiste en que si una persona señala que hay un contenido o publicación en internet que viola los derechos de autor, este deberá ser ocultado, eliminado o inhabilitado sin previo aviso, otorgamiento de pruebas o una orden de la autoridad judicial por parte de los proveedores de servicios en internet.
Sin embargo, de acuerdo con el Artículo Octies III del decreto publicado en la Gaceta Parlamentaria:
El principal efecto que podría tener esta herramienta es que una persona, empresa u organismo podrá solicitar que se eliminen publicaciones en línea sin un freno y bajo el argumento de la propiedad intelectual.
La situación es denunciada por R3D porque México no está obligado a implementar este mecanismo, ya que el T-MEC reconoce que las adecuacuaciones deben respetar las disposiciones constitucionales.
Por otro lado, se encuentra la posible pena privativa de la libertad en contra de quienes reparen, modifiquen o alteren dispositivos digitales en servicios ajenos a los ofertados por la marca en cuestión.
Una persona que incurra en este delito podría recibir una sanción de hasta 10 años de cárcel por la acusación de eludir medidas tecnológicas de protección. De acuerdo con la organización, estas son conocidas también como candados digitales y son impuestas por los fabricantes de hadware y software “para impedir el acceso, copia o modificación de la información contenida en un dispositivo o sistema”.
Esto significa que las personas que decidan reparar sus dispositivos o utilizar piezas de marcas distintas estarían incurriendo en un delito que R3D señala como una limitante a “la posibilidad de usar fragmentos de obras extraídas de un soporte adquirido legalmente”. Incluso esto podría contemplan que las capturas de pantalla, la digitalización de un libro o un video sean actos ilícitos y hagan al usuario acreedor de multas millonarias.
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