Casa por cárcel tenía un sujeto que casi desocupa apartamento en el norte de Bogotá

La pareja, que vive en esta residencia en la localidad de Chapinero, fue amedrentada con armas blancas por este hombre y dos sujetos más

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Los tres delincuentes minutos antes de entrar a la vivienda par hurtar los objetos del valor en el Norte de Bogotá
Los tres delincuentes minutos antes de entrar a la vivienda par hurtar los objetos del valor en el Norte de Bogotá

En hora de la madrugada, una pareja que estaba descansando en su hogar, fue asaltada por tres hombres que hurtaron varios objetos de valor de la casa. Según las autoridades, uno de los ladrones tendría por lo menos 15 anotaciones por diferentes delitos y casa por cárcel.

Grabaciones que se lograron gracias a cámaras de seguridad del edificio que apuntan a la calle dejaron ver a los tres sujetos cuando descienden de un taxi a las 3:08 de la mañana e ingresan a la recepción.

Pasados dos minutos, se ve cuando los tres sujetos hablan por varios minutos con el vigilante del edificio, luego se dirigen hacia el ascensor: desde este punto ya no hay imágenes de los delincuente es pero si el testimonio de la pareja, un colombiano y una mexicana.

Según la pareja, extrañamente los delincuentes entraron sin forcejear las cerraduras de la vivienda; los tres hombres con armas blancas redujeron y tiraron al piso a los novios.

Manuel Triana, víctima de robo, relató a Noticias Caracol, cómo sucedió el hecho que no duró más de 20 minutos: “Empiezan a intimidarnos con un arma blanca, otro tenía un arma blanca, pero la tenía cerrada, una navaja doblada por la mitad. Ellos empezaron a preguntar por una maleta con un dinero, nosotros no teníamos ni idea de qué hablaban. En el momento nos llevan hasta el fondo del apartaestudio y nos siguen intimidando”.

Triana fue lastimado con una de las armas blancas, mientras que la mujer logró escapar del apartamento para pedir ayuda. La administración del edificio separó de su cargo al vigilante mientras se adelantan las investigaciones.

Cabe señalar que -según datos de la Fiscalía- uno de los sujetos ya había sido procesado por hurto en transporte público, y por este hecho sería reincidente a quien se le había otorgado casa por cárcel.

La impunidad en casos de hurto en la capital colombiana ha generado múltiples debates y críticas respecto al funcionamiento de la justicia. Fue la misma alcaldesa de Bogotá, Claudia López, quien condenó, en semanas pasadas, las decisiones de los jueces que determinan dejar en libertad a señalados ladrones. De acuerdo con cifras de la Policía Nacional, en lo que va del año, se ha logrado detener 26.797 personas acusadas de robar, sin embargo, del total, solo 4.000 fueron requeridos a instancias más avanzadas, los demás fueron liberados.

Esto sucede paralelo a la queja que levantó la mandataria local sobre la acción de la Corte Constitucional de tumbar el aval que le daba la Ley de seguridad ciudadana a la Policía nacional para acceder a los circuitos cerrados de vigilancia, con fines de “prevención, identificación o judicialización”. “No puedo creer esto. Espero leer la sentencia completa. ¿Que la Policía no puede acceder a las imágenes de las cámaras de seguridad porque es desproporcionado? Desproporcionado con quién? Las cámaras son precisamente para la seguridad! Parece un empeño por no hacer ni dejar hacer”, escribió en su cuenta de Twitter.

La alcaldesa, sin embargo, se retractó y aseguró que un medio de comunicación había entregado mal la información del fallo. “Agradezco a la Corte Constitucional la aclaración de que el fallo no es como lo presenta el titular. El comunicado de la Corte aclara que la Policía sí puede acceder a las cámaras públicas y a las privadas también, pero con restricciones de protección a la garantía de otros derechos”, agregó la mandataria capitalina.

Lo que realmente dice el fallo es, entre otras cosas: “De ahí que el ordenamiento nacional y los tratados internacionales sobre derechos humanos hayan establecido un conjunto de principios para la administración de datos personales que deben ser aplicados –de manera estricta– al momento de ponderar derechos y bienes jurídicos en tensión y, de esta forma, evitar el ejercicio “abusivo y arbitrario de la libertad informática”.

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