
Este miércoles 6 de julio, la Corte Suprema de Justicia anunció que no investigará al presidente electo de Colombia, Gustavo Petro, por las supuestas irregularidades que fueron denunciadas en medio de la campaña presidencial de 2018, en la que habría recibido recursos, supuestamente, por parte de funcionarios públicos, a pesar de que la ley lo prohíbe expresamente.
Esta decisión, conocida por El Espectador, fue determinada por la Sala de Instrucción del tribunal superior, con lo que se suma a otras investigaciones archivadas como la del polémico video en el que aparece recibiendo dinero, que fue hace un año, argumentado que había prescrito la acción penal “por los eventuales delitos contra los mecanismos de participación democrática, lavado de activos, cohecho, enriquecimiento ilícito y concierto para delinquir”.
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El líder del movimiento de izquierda del Pacto Histórico había sido denunciado ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Corte Suprema de Justicia por el supuesto apoyo de su campaña en 2018 por parte de la empresa Monómeros, la cual está vinculada a la petrolera venezolana PDVSA, con lo que se alertaba que estaría infringiendo la ley que prohíbe el aporte a las campañas políticas de empresas o personas extranjeras.
Sin embargo, la autoridad electoral adelantó una investigación a la campaña, en la que no pudo determinar el apoyo financiero de estas empresas a las aspiraciones presidenciales de Gustavo Petro en medio de las elecciones que perdió contra el presidente saliente Iván Duque, no obstante evidenció que presuntamente, algunos de los aportantes a su campaña, estaban inhabilitados para hacerlo debido a que desempeñaban funciones públicas.
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Por su parte, el pasado 5 de mayo el Consejo Nacional Electoral acaba de ordenar que se archive la investigación que se adelantaba en contra del hoy senador Gustavo Petro, por la financiación de su campaña a la Presidencia de la República en 2018. La decisión se sustenta en la Resolución 0691 de 2021.
Dicho documento pide “archivar el procedimiento administrativo sancionatorio en contra del señor Gustavo Francisco Petro Urrego, en su calidad de excandidato a la Presidencia de la República , y a la señora Blanca Inés Durán Hernández, en su calidad de gerente de campaña, por la presunta vulneración del artículo 15 de la Ley 996 de 2005 y el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011″.
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Lo anterior, teniendo en cuenta que el líder del movimiento Colombia Humana era investigado por la corporación encargada de vigilar y regular la actividad electoral en el país desde el 10 de julio de 2019, por sospechas referentes a algunos movimientos financieros realizados, aparentemente, a destiempo, en la cuenta única bancaria abierta con ocasión de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales y que no fueron reportados dentro del plazo estipulado por el tribunal.
Dicha cuenta bancaria existía desde el el 17 de junio de 2018, día de la segunda vuelta presidencial entre Petro y el actual mandatario colombiano, Iván Duque. De ahí que el consejo haya determinado que los movimientos hechos para financiar la campaña del líder de izquierda estaban en regla, pero no se habían podido reportar oportunamente, dada la velocidad y falta de tiempo con la que todo se dio.
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El político reportó la decisión a través de su cuenta de Twitter señalando que, “Nuevamente el Consejo Nacional Electoral, archiva investigaciones sobre las cuentas de nuestra campaña presidencial. Esta vez sobre el manejo de caja de la misma”, compartiendo las fotos del fallo en el que la corporación ratifica la decisión.
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