La multa que debería pagar la Empresa de Acueducto de Bogotá por supuestamente captar agua sin aval de la CAR

A falta de un fallo, la EAAB debería pagar casi medio billón de pesos. Aquí, la historia

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A falta de un fallo del Concejo de Estado, la cifra rondaría el medio billón de pesos. Foto: CAR.
A falta de un fallo del Concejo de Estado, la cifra rondaría el medio billón de pesos. Foto: CAR.

El pleito entre la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB) y la Corporación Autónoma Regional (CAR) de Cundinamarca, comenzó hacia mediados de 1998. Puntualmente se encontró que entre el 1 de octubre de ese año y el 4 de febrero del 2003 la EAAB captó agua ilegalmente de los ríos La Playa, Frío y Chuza. Claro está, ese líquido se le cobró a la ciudadanía con las tarifas ordinarias, como si nada: el problema es que la empresa no ha cumplido con el pago de las licencias, por lo que un reciente fallo podría “actualizar” la multa que ronda por el medio billón de pesos.

En primera instancia, casi 20 años atrás, la multa se la impuso la Corporación Autónoma Regional del Guavio, ratificada por el Consejo de Estado, que encontró una falla histórica. Resulta que el Ministerio de Agricultura le entregó una concesión en 1968 al Acueducto de Bogotá, con la cual se autorizaba la captación del preciado líquido.

De hecho, a principios de este siglo, esa fue la defensa que presentó la EAAB, agregando que en 1906 se expidió un decreto que le cedió al distrito, a perpetuidad, el aprovechamiento de las aguas de uso público. Por lo tanto, podría captar aguas de los ríos como: Teusacá, Bogotá, Tunjuelito, San Cristóbal, San Diego y la Laguna, que también están en cuestión por la CAR.

Según el Concejo de Estado, la EAAB no podía aprovechar ni distribuir las aguas a perpetuidad; además, la Corporación Autónoma Regional del Guavio si tenía el derecho de sancionarla, ya que contaba con las facultades legales para imponer la multa.

Pero ahí empieza el desorden, porque Corpoguavio, al recibir la notificación por parte del Concejo de Estado, reavivó otra sanción, por el mismo motivo, pero que contempla un periodo diferente, entre 1993 y el año 2000.

¿Cuál es el argumento de la CAR? que la Empresa Acueducto y Alcantarillado de Bogotá no ha solicitado una prórroga para que se autorice la captación de aguas, que según se entiende, se debía renovar como máximo el 4 de noviembre del 2009.

En conclusión y sumando todas las multas, en principio la multa era por 134.348 millones de pesos, valor estimado para el año 2000, por eso el la EAAB presentó una demanda de nulidad, que demoró más de 10 años en resolverse. Hasta el 4 de febrero del 2013, el Tribunal Superior de Bogotá le ratificó la sanción, avalada previamente por el Concejo de Estado, asegurando que durante la irregularidad la EAAB aumentó su rentabilidad considerablemente.

“Si bien la empresa fue establecimiento público, luego se convirtió en prestadora de servicios públicos, con fines comerciales. (...) Como resultado, se expidió la licencia de la Planta Tibitoc. Es decir, la EAAB estaba enterada de sus obligaciones. Así que su intención era seguir usando el recurso para fines comerciales, por lo que debía obtener permisos para su operación”, expuso la sentencia del tribunal.

A pesar de darle la razón a la CAR, los magistrados concluyeron que los demandantes se demoraron, injustificadamente, en expedir las licencias que reclaman, por lo que se rebajó un poco la multa.

El nuevo problema, según encontró El Espectador, es que la multa impuesta hace unos 20 años era de “524.124 salarios mínimos legales vigentes de la época”, y ese es el concepto que contempla la sentencia, no los más de 120.000 millones que se solicitó hace 10 años, tras el fallo del tribunal.

En ese sentido, y a falta de otra sentencia por parte del Concejo de Estado, la cual permitirá aclarar el monto definitivo, se estima que la multa sería de 471.172 millones de pesos. Esto sin considerar alguna novedad por que la sanción originalmente se impuso hace más de 20 años.

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