Niegan libertad condicional a María del Pilar Hurtado

El juez afirmó que la exfuncionaria no cumple con la totalidad de requisitos para acceder a este beneficio

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Imagen de archivo: Enero 31 de 2015. Bogotá. Ex-directora del DAS María Del Pilar Hurtado en audiencia de imputación de cargos. (Colprensa - Mauricio Alvarado)
Imagen de archivo: Enero 31 de 2015. Bogotá. Ex-directora del DAS María Del Pilar Hurtado en audiencia de imputación de cargos. (Colprensa - Mauricio Alvarado)

Este 17 de enero el juzgado quinto de ejecución de penas de Bogotá negó la solicitud de libertad condicional presentada por la defensa de la exdirectora del DAS María del Pilar Hurtado Afanador, condenada por su participación en el denominado escándalo de las ‘chuzadas’: un seguimiento telefónico a figuras de la oposición y periodistas acaecido durante la administración del expresidente y exsenador Álvaro Uribe Vélez.

Para el juez, la exfuncionaria no cumple con la totalidad de los requisitos para obtener este beneficio.

La defensa de Hurtado tramitó dicha solicitud el pasado 3 de diciembre; en sus alegaciones, informó que la exfuncionaria cumplió con los requisitos de reparación y petición de perdón para las víctimas reconocidas dentro del proceso que le adelantó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.

De acuerdo con información suministrada por Semana, el equipo legal de Hurtado Afanador entregó al juez una carta firmada por su defendida en la cual solicitó perdón a los protagonistas de dicho escándalo: el periodista Daniel Coronell y el exdirector del DAS, y actual columnista del diario El Espectador Ramiro Bejarano, así como a la entonces congresista Piedad Córdoba, al actual precandidato del Pacto Histórico, Gustavo Petro, y a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

En dicha misiva, recoge la publicación, la exfuncionaria elevó una solicitud de perdón por el “daño causado” a través de los seguimientos, interceptaciones telefónicas y perfilamientos, a dichas figuras.

Pese a este intento, el juzgado de ejecución de penas consideró que María del Pilar Hurtado no ha cumplido las tres quintas partes de la condena de 14 años impuesta en 2015 por la Corte Suprema de Justicia.

Recoge Semana que la defensa reiteró esta solicitud ante las autoridades judiciales dado que se presentó un problema de trámite ante el Instituto Nacional Penitenciario (INPEC): el equipo legal de Hurtado anexó la carta entregada en diciembre así como los documentos que demuestran trabajo en tiempo de reclusión y certificados de buena conducta.

La ex-directora del DAS María Del Pilar Hurtado. (COLPRENSA - ARCHIVO)
La ex-directora del DAS María Del Pilar Hurtado. (COLPRENSA - ARCHIVO)

La exfuncionaria fue sentenciada por los delitos de violación ilícita de comunicaciones, abuso de función pública, concierto para delinquir, peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público.

Además del fallo de la Corte Suprema, la Procuraduría General de la Nación la destituyó e inhabilitó por 18 años para ejercer cargos públicos.

Esta inhabilidad fue confirmada por el Consejo de Estado el pasado julio cuando la exfuncionaria, a través de su defensa, argumentó que no se le respetó su debido proceso, y señaló que la Procuraduría extralimitó sus funciones. Además, Hurtado Afanador aseguró que el Ministerio Público violó la Constitución al “desbordar sus atribuciones legales”.

El alto tribunal, ante los alegatos de Hurtado, aseguró que la Procuraduría “no actuó con desviación de poder”, y detalló que su conducta, la de la ahora inhabilitada servidora pública, resulta totalmente opuesta a la ética institucional, al orden jurídico que estaba obligada a honrar y respetar”.

Con su comportamiento reprochable, desconoció que los funcionarios que dirigen los entes públicos tienen el deber de observar mayor disciplina y pulcritud en el cumplimiento de sus funciones”, indicó la sentencia proyectada por el magistrado Carmelo Perdomo.

“La presunción de inocencia de la señora María del Pilar Hurtado desapareció por completo en este caso, debido al copioso y diciente material de pruebas recaudado durante el proceso disciplinario, que da cuenta de la certeza de la falta imputada y su responsabilidad”, aclaró la sentencia en la que se agregó que, “la conducta imputada a la accionante tuvo ocurrencia, que constituyó incumplimiento de los deberes funcionales imputados en el pliego de cargos y que corresponde a la descripción típica de carácter gravísimo y doloso, que motivó la destitución del cargo”.

María del Pilar Hurtado Afanador, exdirectora del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), se encuentra privada de su libertad en guarnición militar desde enero de 2015.

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