Llaneros pidió abrir una investigación contra Fernando Jaramillo, presidente de la Dimayor

La Fiscalía abrió investigación penal sobre el polémico partido entre Llaneros y Unión Magdalena el pasado 9 de diciembre

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En horas de la mañana del pasado jueves 9 de diciembre se llevó a cabo una reunión entre el presidente de la Dimayor, Fernando Jaramillo, el ministro del Deporte, Guillermo Herrera y el fiscal Francisco Barbosa, quien decidió abrir una investigación penal sobre el partido de la B entre Llaneros y Unión Magdalena.

Al finalizar dicha reunión, Fernando Jaramillo y Guillermo Herrera hablaron con los diferentes medios de comunicación e informaron que la Fiscalía abrió una investigación penal para esclarecer si hubo algún delito alrededor de la victoria de Unión Magdalena sobre Llaneros.

Tras esta reunión, este lunes el equipo Llaneros por medio de su apoderado, Santiago Cadavid Alzate, informó en un comunicado dirigido a la Comisión de Ética y Disciplina y a la Federación Colombiana de Fútbol (FCF) que interpondrán una denuncia en contra del presidente de la Dimayor, Fernando Jaramillo Giraldo.

El abogado hizo mención a cuatro hechos para instaurar la demanda en contra de la cabeza del Fútbol Profesional Colombiano. En primer lugar alega que el 7 de diciembre de este año se notificó al club “dar apertura a una investigación preliminar al club Llaneros, algunos de sus miembros y otras personas por presunta violación a las normas deportivas generales”.

En segunda instancia, se mencionó la remisión de un oficio en el cual se citan algunas personas vinculadas al club para realizar un interrogatorio programado para el 9 de diciembre de 2021. Dentro del comunicado se da a conocer el nombre de los seis jugadores con el respectivo horario para presentarse.

En tercer lugar, el abogado alegó que el día en que debían presentarse el presidente de la Dimayor en medio de las declaraciones que dio a la prensa el 9 de diciembre se refirió a los testigos de la siguiente manera: “Hoy inició el proceso con seis testimonios que desafortunadamente no se presentaron, esto es un muy mal síntoma desde el punto de vista de la celeridad de la investigación, enviaron a sus abogados (que tienen todo el derecho en hacerlo) pero también, recuerdo que el código de ética de la FIFA y de la FCF dice que se debe cumplir el principio de colaboración”.

Frente a dichas declaraciones, el club demandante apela lo siguiente: “Estas declaraciones incluyen un juicio de valor que carecen de fundamento, puesto que la inasistencia de los jugadores obedeció al legítimo ejercicio del artículo 33 de la Constitución Política de Colombia; y, en segundo lugar, suponen una violación a la confidencialidad que cobija las actuaciones ante las instancias disciplinarias de la FCF”.

Esto teniendo en cuenta que, según Cadavid, al revelar que dichos jugadores no asistieron al interrogatorio, se hizo público el desarrollo de una etapa del proceso disciplinario, a lo que reiteró que Jaramillo debe ser tanto investigado como sancionado por la Comisión de Ética.

Así mismo, esta denuncia hace alusión a los fundamentos de derecho, en el cual el artículo 149 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol (CDU - FCF), el cual indica: “Todo asunto sometido a estudio y decisión de los órganos disciplinarios tiene carácter reservado y sus decisiones solo podrán ser divulgadas por la secretaría del respectivo órgano disciplinario, mediante resoluciones”.

Asimismo, el artículo 17 del Código de Ética establece que: “las personas sujetas al presente Código deberán tratar como confidencial o secreta la información de esta índole que se les comunique en el ejercicio de sus funciones, en caso de que la información le sea transmitida con carácter confidencial y sea conforme a los principios de la FCF. La obligación de respetar la confidencialidad mantendrá su vigencia, aún después de que concluya la relación por la cual la persona está vinculada al presente código”.

Luego de manifestar dichos artículos, el abogado infiere que Fernando Jaramillo violó el artículo 149 del Código Disciplinario Único y el artículo 17 del Código de Ética de la FCF. Además, se utilizaron como anexos las pruebas de contenidos de diferentes medios de comunicación en donde salieron por vídeo y escritas las declaraciones de Jaramillo.

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