Por las denuncias de violación a los derechos humanos de los manifestantes en el marco del paro nacional en Colombia, el pasado 8, 9 y 10 de junio al país llegó una comitiva de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que visitó varias ciudades para observar lo que había pasado hasta ese momento y dialogar con varios sectores sociales.
La delegación estuvo liderada por la presidenta de la CIDH, comisionada Antonia Urrejola; e integrada por los comisionados Joel Hernández y Stuardo Ralón; con el apoyo de la secretaria Ejecutiva, Tania Reneaum Panszi; la secretaria Ejecutiva Adjunta de Monitoreo, Cooperación Técnica y Capacitación, María Claudia Pulido; el relator especial para la Libertad de Expresión, Pedro Vaca; y personas del equipo técnico de la Secretaría Ejecutiva.
Tras un mes de la visita, este martes la CIDH informó en su cuenta de Twitter que este 7 de julio desde Washington D.C. presentará el informe sobre las protestas sociales. “La CIDH invita a seguir en vivo a la conferencia de prensa sobre las observaciones y recomendaciones de la visita de trabajo de #CIDH a Colombia”, anunciaron.
La comisión expresó su preocupación por la grave crisis que enfrenta Colombia y condenó las graves violaciones de derechos humanos registradas durante las protestas sociales. En ese sentido, urgió al Estado a respetar los más altos estándares en cuanto a la libertad de expresión, uso de la fuerza y debida diligencia.
La CIDH, antes de su visita, rechazó que durante las protestas se hayan identificado diversas expresiones públicas que estigmatizan la protesta social y, especialmente, a las personas manifestantes de pueblos étnicos e integrantes de la minga indígena. En particular, la CIDH tuvo noticia sobre grupos de civiles armados que dispararon indiscriminadamente contra una manifestación compuesta por personas indígenas el 9 de mayo en la ciudad de Cali. También encontró extremadamente grave la participación de civiles en actos de represión y ataques con armas de fuego en contra de manifestantes.
En su informe Protesta y Derechos Humanos, la CIDH señaló que la dispersión o desconcentración de las manifestaciones de forma legal y legítima sólo puede permitirse en casos muy excepcionales, mediante una orden expresa y fundamentada en un riesgo grave para la vida o la integridad física de las personas, cuando se haya intentado el diálogo y no fueran posibles otras medidas menos lesivas para proteger esos derechos. Asimismo, la decisión de dispersar una protesta por parte del Estado debe ser comunicada y explicada de manera clara, de modo tal que permita su comprensión y cumplimiento por parte de los manifestantes, ofreciéndoles tiempo suficiente para dispersarse sin acudir al uso de la fuerza.
Cuando la eventual perturbación a la vida cotidiana en el seno de las protestas se extienda en el tiempo y escale a punto de comprometer la garantía de otros derechos como el aprovisionamiento de alimentos y el derecho a la salud, se acentúa el deber del Estado de facilitar todos los mecanismos de diálogo posibles, teniendo el uso de la fuerza como último recurso, y a su vez atendiendo al principio de interdependencia de los derechos humanos. Asimismo, la comisión destacó la importancia de que las personas manifestantes permitan la circulación de insumos y provisiones esenciales.
Frente a las graves violaciones de los derechos humanos denunciadas, la CIDH condenó el alto número de fallecidos y heridos, y reiteró la importancia de respetar el carácter excepcional del uso de la fuerza y observar los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad. Adicionalmente, instó a las autoridades a investigar con debida diligencia todos los casos, a identificar y sancionar a los responsables, así como a reparar integralmente a las víctimas y sus familiares. En los casos de violencia sexual, la investigación deberá llevarse a cabo con debida diligencia reforzada y garantizando el enfoque de género.
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