
Este jueves 17 de junio, se conoció que la jueza 22 de control de garantías se declaró impedida para resolver el pedido de la Fiscalía para prorrogar la medida de aseguramiento contra el abogado Diego Cadena.
Este impedimento se produjo ya que la jueza fue la misma quien la semana pasada negó la libertad solicitada por Cadena y su abogado Iván Cancino por vencimiento de términos.
Debido a esto, el Centro de Servicio Judiciales de Paloquemao tendrá que realizar un nuevo reparto para que otro juez de control de garantías resuelva la solicitud.
De acuerdo con el fiscal Daniel Hernández, los hechos investigados son sumamente graves y la modalidad fue dolosa porque se pretendió generar un error en la propia Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia.
Más temprano, la Fiscalía General de la Nación sostuvo que hay riesgo de que el abogado Diego Cadena pueda obstruir la investigación que hay en su contra por soborno a testigos y fraude procesal, caso que envuelve al también expresidente Álvaro Uribe Vélez.
Por esto, el ente acusador solicitó a la juez que lleva el caso en Bogotá que prorrogue por un año más la medida de casa por cárcel para el abogado. Asimismo, el fiscal aseguró, según El Tiempo, que los riesgos sobre el avance de la investigación no han cambiado en absoluto en comparación con el año pasado.
En ese sentido, el representante de la Fiscalía dijo que se han presentado dilataciones durante las audiencias preparatorias por parte de la defensa de Cadena y sostuvo que esto llevó a que se aplazara el proceso.
Aseguró también que conforme el proceso se mueve, la defensa, encabezada por el polémico Iván Cancino, hace nuevas peticiones a la Fiscalía, lo que lleva a aplazamientos que demoran la entrega de las solicitudes.
Cabe recordar que, el pasado martes 8 de junio, la jueza 22 negó la libertad condicional al abogado Cadena. Aunque la funcionaria judicial argumentó que han pasado más de 240 días desde la acusación y no se ha iniciado el juicio lo que podría considerarse como vencimiento de términos, y de igual forma expresó que se debía analizar que en ese periodo de tiempo el juez dio un tiempo para recoger los materiales probatorios.
La juez dijo que a pesar de esto, la defensa no avanzó y concluyó que se puede leer como un acto dilatorio, lo que contrarió al abogado de Cadena, Iván Cancino, quien afirmó que la demora vino por parte de la Fiscalía que no entregó la copia original de las pruebas. Según la juez, la defensa pidió copias más claras, lo que generó un amplio número de gestiones para entregarlas, teniendo en cuenta que estas están en manos de la Corte Suprema de Justicia.
Por estas razones, la juez dijo que a los 240 días se le descuentan los que competían a las maniobras dilatorias, dejando en 140 los días transcurridos entre la acusación y las audiencias adelantadas posteriormente y el juicio que no ha iniciado.
La defensa, en cabeza de Cancino, apelará la decisión y dijo que la ve con preocupación. “Me parece ilógico que en la intervención de la defensa se deba pedir rechazo de lo que no se entregó. La defensa necesita tener completo el descubrimiento”, expresó. “No podemos atender como argumento válido lo establecido”.
Cancino señalaba que los términos estaban vencidos y que Cadena debía recuperar la libertad, aunque el Ministerio Público y la misma Fiscalía rechazaron la proposición que ahora, en primera instancia, el juzgado apoya.
“Escuchar actos de esta naturaleza con el fin de que no se puedan cumplir los términos por parte de la Fiscalía, de la judicatura, demuestran claramente que se está violentando el principio de objetividad (...) Se ha manifestado públicamente la presunta ilegalidad de los elementos probatorios, ¿qué interés distinto a dilatar tiene ese argumento de la defensa?”, señaló el fiscal encargado en las audiencias donde se escuchó a Cancino y sus razones.
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