Domiciliarios deberán registrar sus bicicletas en plataforma de la alcaldía de Bogotá

Esta es una de las medidas que estableció el Distrito a través del Decreto 082 para plataformas que prestan el servicio de domicilios en la ciudad.

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(Colprensa - Camila Díaz)
(Colprensa - Camila Díaz)

Después de los recientes hechos de inseguridad que involucraron a dos sujetos que se hicieron pasar por domiciliarios y dispararon contra un agente de la Policía Nacional causándole la muerte, la Alcaldía de Bogotá emitió un decreto que regulariza la labor de los domiciliarios estableciendo algunas restricciones a su trabajo, todo con el objetivo de mejorar la seguridad en la capital.

Desde el pasado sábado, los domiciliarios que se movilizan en motocicletas tienen prohibido transitar con un parrillero, pero también hay otras medidas para aquellos que realizan domicilios en bicicleta y para las empresas que prestan estos servicios. El 19 de marzo la Alcaldía de Bogotá expidió el decreto 082 en el que se dictan las medidas para “fortalecer la seguridad y garantizar el uso adecuado del espacio público por parte de las empresas y aplicaciones web que intermedian o prestan el servicio de entrega de domicilios en la ciudad”.

“Expedimos el decreto que reglamenta la actividad de domiciliaros en la capital en la que se establecen unos estándares para el uso del espacio público, unas obligaciones para toda la cadena de valor, entre aliados, comerciales, plataformas y domiciliarios para el respeto por el espacio público”, aseguró el secretario de Gobierno, Luis Ernesto Gómez.

Además de la prohibición del parrillero en las motocicletas, la medida exige a los domiciliarios que utilizan sus bicicletas que las registren en Registro Bici Bogotá, una plataforma digital de la Secretaría Distrital de Movilidad. Con este registro la Alcaldía espera poder identificar también los vehículos que utilizan los domiciliarios y plataformas digitales que prestan este servicio en Bogotá.

Este registro es obligatorio y la administración de la capital le pidió a las plataformas digitales abstenerse de contratar o dejar trabajar a domiciliarios en bicicleta que no estén registrados en el Registro Bici Bogotá. Para realizar el registro los domiciliarios, según el decreto 082 de la Alcaldía de Bogotá, los trabajadores y las plataformas tienen hasta el próximo 19 de abril.

Los domiciliarios que registran su bicicleta deben diligenciar los datos de la misma (marca, color, número serial del marco y modelo), subir a la página las fotografías del vehículo, la factura de compra o la tarjeta de propiedad, y luego tendrá que ir a uno de los puntos físicos dispuestos por el Distrito en la ciudad para obtener un sticker que quedará asociado con su bicicleta.

Otras medidas que deben cumplir los domiciliarios y plataformas digitales

Los empleados, además, deben tener visible en sus maletines e indumentaria, el número de placa de la moto o serial de registro de su bicicleta, además de la palabra “domiciliario” y el número de afiliación a la empresa.

Además, las plataformas deberán adecuar espacios como zonas de descanso, parqueaderos para motos o bicicletas, baños, lavado de maletines y espacios para el consumo de alimentos de su personal. Medida para la cual las empresas tienen un plazo de tres meses.

Por su parte, los restaurantes y negocios que cuentan con domiciliarios deberán disponer de espacios y/o bicicleteros propios dentro de sus instalaciones o en otro lugar, esto para que los domiciliarios puedan parquear sus vehículos y esperar los pedidos en lugares autorizados, donde no se sienta que están ocupando espacio público, además, deben garantizarle a los empleados el uso de los baños en caso de necesitarlos.

El Decreto 082 restringe el acompañante o parrillero en las motocicletas utilizadas para realizar domicilios en la capital, esta medida regirá hasta el 31 de diciembre de 2021.

De igual forma, establece la verificación de requerimientos judiciales por parte de las empresas de intermediación tecnológica con el fin de evitar que ciudadanos con esta condición judicial sean vinculados como domiciliarios, “con el ánimo exclusivo de comprobar que no son requeridos por autoridades judiciales, en los términos de la sentencia SU 458 de 2012”.

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