
A la Corte Constitucional llegó una demanda en la que se pedía eliminar el procedimiento de requisa por parte de la Policía a los ciudadanos, según argumentaba el demandante, esto se presta para que haya abuso de autoridad por parte de los uniformados. Sin embargo, la institución decidió que la norma se debe mantener porque de ella depende la seguridad de los ciudadanos en muchas ocasiones.

Así las cosas, a pesar de que el procedimiento no va a cambiar, sí existen límites que los ciudadanos deben conocer cuando un uniformado los esté requisando, uno de ellos es que, sin orden judicial, ningún Policía puede pedirle a un ciudadano que le entregue el celular y revisarlo.
Las autoridades tampoco pueden solicitar a una persona que desbloquee el celular, le entregue la contraseña o que le muestre sus conversaciones de Redes Sociales, en cuanto a los teléfonos, lo único que puede hacer la Policía es pedirle al ciudadano que digite en su móvil la marcación *#06#, donde se puede conocer el Imei (código identifica al aparato), para verificar que este no haga parte de la base de datos de celulares robados en el país y que fue adquirido de manera legal.
En caso de que un uniformado solicite que le entreguen el celular o pida información personal del mismo, este estaría violando un derecho fundamental estipulado en el artículo 15 de la Constitución de Colombia, donde se estableció que todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, por otro lado, el Régimen General de Protección de Datos Personales (ley 1581 de 2012) protege a los ciudadanos de entregar su información personal a terceros de manera involuntaria.
Generalmente, las requisas se hacen a ciudadanos que presuntamente están afectando la convivencia en un lugar o que lleven algún tipo de armas, drogas o materiales ilícitos.

“Los policías que realicen estos procedimientos deben estar plenamente identificados y con su respectivo uniforme, puesto que los únicos que pueden operar en estos casos de civil son la policía judicial, pero ellos tienen una orden que autoriza los allanamientos, requisas, capturas entre otros”, explicó Jimmy Jiménez, abogado de Integrity Legal a el diario La República.
Pero ojo, en caso de que un uniformado cuente con una orden judicial, sí podrá revisar el celular del implicado. Por otro lado, los celulares o aparatos tecnológicos pueden ser decomisados en caso de que el sospechoso sea detenido en fragancia. Esto porque pueden servir como evidencia física o elementos de prueba, sin embargo, deben ser transportados con la respectiva cadena de custodia.
Según el Código Nacional de Policía, la Policía Nacional podrá requisar a los ciudadanos y sus objetos personales, en los siguientes casos:
- Cuando una persona no desea dar su documento de identidad
- Establecer si la persona porta armas
- Establecer si tiene un bien hurtado
- Revisar que una persona no lleve drogas
- Prevenir la acción de una conducta castigable
En cuanto a si los uniformados pueden grabar cuando a un ciudadano se le está requisando, la respuesta es sí, según el Código de Policía, se pueden tomar fotos para sustentar cualquier tipo de quejas ante las autoridades.
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