Ya está listo el borrador del decreto que reglamentará el acceso al uso del cannabis medicinal en Colombia

Según el borrador, también se busca autorizar la exportación de la flor seca de cannabis con fines industriales y médicos.

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FOTO DE ARCHIVO. Un participante en un estudio sobre los efectos del cannabis, muestra las flores de marihuana que ha cultivado en su patio trasero, en Longmont, Colorado, Estados Unidos. 19 de diciembre de 2019. REUTERS/Kevin Mohatt
FOTO DE ARCHIVO. Un participante en un estudio sobre los efectos del cannabis, muestra las flores de marihuana que ha cultivado en su patio trasero, en Longmont, Colorado, Estados Unidos. 19 de diciembre de 2019. REUTERS/Kevin Mohatt

El Gobierno nacional, mediante el Ministerio de Salud y Protección Social, expidió este viernes el borrador del decreto que da vía libre al “acceso seguro e informado” del uso del cannabis con fines medicinales.

“Por el cual se reglamenta la Ley 1787 de 2016 y se subroga el Título 11 de la Parte 8 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016 Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, en relación con el acceso seguro e informado al uso del cannabis”, se lee en el borrador.

El documento aún está sujeto a comentarios hasta el próximo domingo y reglamenta el seguimiento y el control de las actividades de importación, exportación, cultivo, producción, adquisición, almacenamiento y comercialización del cannabis.

Entre otras cosas, según se lee en el borrador del decreto se establece que el Gobierno autorizará la exportación de la flor seca del cannabis con fines comerciales y para que las empresas no desechen los sobrantes en cada uno de sus procesos.

El documento determina que será el Invima la autoridad responsable de expedir las licencias correspondientes de fabricación de derivados de esta plata y el Ministerio de Salud se encargará de la evaluación y expedición de las solicitudes de licencia.

“En total, se consagran siete tipos de licencias: para la fabricación de derivados de cannabis; fabricación de derivados no psicoactivos de cannabis; semillas para siembra y grano; cultivo de plantas de cannabis psicoactivo; cultivo de plantas de cannabis no psicoactivo; cultivo de plantas de cannabis, y fabricación de derivados”, señala el borrador.

En el documento, disponible en la página del Ministerio de Salud, se explica también que una vez sean otorgadas las licencias, el Fondo Nacional de Estupefacientes (FNE) ejercerá el seguimiento a los permisos de fabricación, y que a su vez, el Ministerio de Justicia y del Derecho, por medio de la Subdirección de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas y Estupefacientes, “será la autoridad competente para ejercer el seguimiento a las licencias de semillas para siembra y grano, y de cultivo de plantas de cannabis psicoactivo y de cannabis no psicoactivo”.

El borrador del decreto indica que, quienes obtengan las licencias deben presentar informes bimestrales ante el Ministerio de Justicia dentro de los primeros 10 días hábiles de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre de cada año.

“Los informes deberán dar cuenta, de forma oportuna, veraz y consistente, de la existencia y movimientos de semillas, grano, componente vegetal y cannabis y/o sus derivados informando”, se lee en el borrador del decreto.

Finalmente, el borrador sentencia que se debe crear un Grupo Técnico de Cupos (GTC) para realizar el examen, análisis, evaluación, recomendación y seguimiento de los asuntos relacionados con las previsiones de cannabis en el país. “Los denominados cupos serán de cuatro tipos: de cultivo de plantas de cannabis psicoactivo, fabricación de derivados de cannabis, uso de derivados psicoactivos y uso de excedentes”.

“Los ministerios de Justicia y del Derecho y Salud y Protección Social desarrollarán el Mecanismo de Información para el Control de Cannabis -MICC- como una plataforma tecnológica de apoyo al ejercicio de los componentes administrativo y operativo del control del cannabis para uso médico y científico en Colombia”, sostiene el borrador.

<b>Exportación de la flor seca del cannabis</b>

El borrador del decreto llega días después de que Asocolcanna, Asociación Colombiana de Industrias de Cannabis, envió una carta de dos páginas al presidente Iván Duque para darle a conocer el estado crítico en el que se encuentra la industria por las restricciones del país en la materia. En total siete empresas, casi todas compañías multinacionales, pidieron al Gobierno, entre otras cosas, permitir exportar la flor seca a mercados internacionales.

“En los últimos meses, las asociaciones más representativas de los diversos sectores de la industria del cannabis medicinal del país han resaltado, con base en criterios económicos y evidencia técnica presentada al Gobierno Nacional, la importancia estratégica de permitir la exportación de flor seca de cannabis medicinal con fines comerciales”, expresó la unión gremial.

El documento señala también que en países como Estados Unidos, Canadá, Alemania, Suiza, Holanda, Portugal, Israel, Reino Unido y Australia, la flor seca es el segmento del mercado de la planta más desarrollado y constituye el 50 % de las ventas de las empresas radicadas a la comercialización de estos productos en dichas naciones. “Colombia, a pesar de tener todas las condiciones para ser un líder mundial en este mercado se está auto-excluyendo”.

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