
El presidente de Uruguay, Yamandú Orsi, firmó este miércoles el decreto que reglamenta la ley de eutanasia, que fue aprobada en octubre por legisladores de distintos partidos políticos de Uruguay. El mandatario destacó que la aprobación de esta normativa implicó un “proceso de debate profundo, plural y sostenido en el tiempo”.
“La dignidad humana está en el centro de las decisiones más complejas. Firmé el decreto reglamentario de la ley que regula la muerte médicamente asistida en Uruguay, luego de un proceso largo de debate, reflexión y escucha”, expresó Orsi, de acuerdo a una declaración difundida por la Presidencia uruguaya.
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Para el presidente, también fue importante avanzar en cuidados paliativos y señaló que “acompañar, aliviar y cuidar es parte esencial de cualquier decisión sobre este terreno”.

““Sobre esa base, hoy damos este paso, tras una conversación profunda, con raíces filosóficas, éticas y también personales, donde conviven distintas miradas, creencias y sensibilidades. Uruguay sigue construyendo acuerdos en los temas que más importan”, destacó Orsi.
Las claves de la reglamentación
Lo que estableció la ley de eutanasia fue un “derecho”a acceder al procedimiento a personas mayores de edad “psíquicamente aptas” y que padezcan una patología incurable e irreversible, que les haga padecer “sufrimientos que le resulten insoportables”. En el decreto reglamentario, se establecieron definiciones y se reguló el procedimiento para “otorgar las mayores garantías en su implementación”.
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En línea con lo que establece la ley, el decreto señala que solo pueden amparase ciudadanos uruguayos naturales o legales, o quienes acrediten la residencia en el país.
En Infobae, repasamos las definiciones de la reglamentación.
- Psíquicamente apta: la persona debe ser capaz de “comprender a cabalidad su situación de salud, evaluar todos los tratamientos y alternativas posibles y tomar decisiones conforme a su real saber y entender”.
- Patología o condición incurable o irreversible: es cuado la enfermedad está en una condición clínica con un curso “progresivo” y se caracteriza por la “ausencia de posibilidades de respuesta a un tratamiento curativo eficaz conforme a la evidencia médica actual”. Hay una “pérdida progresiva de la autonomía del paciente”.
- Etapa terminal de una patología incurable: “Es una situación clínica avanzada de una enfermedad incurable e irreversible, por el cual el fallecimiento se prevé en un horizonte temporal cercano”.
- Sufrimientos que resulten insoportables: es la “experiencia de síntomas físicos o psíquicos derivados de una patología incurable e irreversible, que se manifiesta de forma persistente en el tiempo, resistente y refractario a los tratamientos y cuya intensidad es percibida por el paciente como incompatible con su dignidad o integridad”.
- Residencia habitual: pueden acceder quienes tienen residencia “permanente” en el país.
- Médico actuante o responsable: el ante quien se presenta la solicitud y participa de todas las etapas del procedimiento.
- Médico consultante: es el médico que será convocado para una segunda opinión.

Uno de los artículos que está incluido en el decreto es la revocación de la expresión de voluntad. El texto establece: “La voluntad del solicitante esencialmente revocable, pudiendo por tanto dejar sin efecto su voluntad inicial en cualquier momento, sin expresión de causa y sin formalidad alguna, provocando de manera inmediata la clausura de todos los procedimientos”.
Otro de los artículos refiere a la objeción de conciencia. Establece que los médicos o integrantes del equipo asistencial podrán, en cualquier momento, manifestar su decisión de abstenerse de intervenir en el procedimiento si invocan “la transgresión” de sus valores filosóficos o religiosos.
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La reglamentación publicada por Orsi también establece cuál es el rol del prestador del Sistema Nacional Integrado de Salud y crea una comisión honoraria de revisión. Elaborará informes anuales considerando todos los procedimientos llevados a cabo.
El decreto establece que queda en vigencia el día siguiente de su publicación. Es decir, este jueves.
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