El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, anunció este 5 de agosto de 2025 el contenido de las siete preguntas que formarán parte de una nueva consulta popular. A través de una cadena de publicaciones en la red social X (antes Twitter), el mandatario afirmó que las preguntas abordan temas de interés popular y urgencia nacional, y que representan, según sus palabras, un nuevo paso hacia un país más “democrático y popular”. Previamente, el presidente había anunciado que, tentativamente, la votación se realizará el 14 de diciembre de este año.
Las preguntas requieren reformas parciales a la Constitución y, por tanto, deben seguir el procedimiento establecido en el artículo 441 de la Constitución y en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.
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Para que estas preguntas puedan ser votadas por la ciudadanía, el proceso debe cumplir una serie de pasos definidos por la Constitución. En primer lugar, el presidente debe remitir el decreto ejecutivo que convoca a consulta popular a la Corte Constitucional, junto con el texto de las preguntas y sus respectivos anexos. La Corte debe emitir un dictamen de constitucionalidad, verificando que las preguntas no violen derechos fundamentales, no versen sobre materias vedadas y que cumplan con los principios de claridad, unidad de materia y transparencia. Solo con dictamen favorable, el Consejo Nacional Electoral (CNE) puede convocar oficialmente a votación.

En el marco jurídico ecuatoriano, existe una diferencia técnica entre referéndum y consulta popular. El referéndum se refiere exclusivamente a reformas constitucionales, ya sean parciales o integrales, que deben ser aprobadas por la ciudadanía conforme al artículo 441. La consulta popular, en cambio, puede versar sobre cualquier tema de interés nacional o local, siempre que no implique una reforma constitucional, y se rige por el artículo 104. No obstante, en el uso político y mediático, ambos términos suelen utilizarse de forma indistinta. En este caso específico, se trata de un referéndum constitucional por enmienda, aunque el Ejecutivo lo haya denominado como consulta popular.
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Las preguntas
La primera pregunta propone eliminar la prohibición constitucional para que se puedan establecer bases militares extranjeras en el territorio ecuatoriano. También permitiría ceder instalaciones militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad de otros países, lo cual actualmente está prohibido por el artículo 5 de la Constitución de 2008.
Mientras que la segunda pregunta busca suprimir la obligación del Estado de asignar recursos del Presupuesto General a las organizaciones políticas, lo cual implicaría una reforma al artículo 116 de la Constitución. Esta propuesta ha sido una demanda recurrente de sectores que cuestionan el gasto público destinado a partidos políticos.
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La tercera pregunta plantea eliminar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), institución creada por la Constitución de Montecristi, y transferir sus funciones a otras entidades como la Asamblea Nacional, la Contraloría General del Estado y la Defensoría del Pueblo. Se trataría de una reforma de alto impacto institucional, ya que el CPCCS tiene como atribución principal la designación de autoridades de control, incluida la terna para la Corte Constitucional.
La cuarta pregunta propone reducir el número de asambleístas y, para ello, modificar el sistema de elección legislativa. Este planteamiento ya fue incluido en la consulta popular que fracasó en las urnas en febrero de 2023 durante el gobierno de Guillermo Lasso.
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La quinta pregunta se refiere a la contratación por horas exclusivamente en el sector turístico. El texto aclara que esta modalidad solo sería válida en la primera relación laboral de un trabajador y que se garantizarían los derechos adquiridos y las protecciones previstas en la legislación laboral. De aprobarse, se introduciría una excepción a la prohibición de flexibilización laboral que rige actualmente, y se modificarían principios del Código del Trabajo.

También el Ejecutivo planteó la pregunta busca incorporar a los jueces de la Corte Constitucional entre las autoridades sujetas a juicio político. Hoy, el artículo 131 de la Constitución no los incluye en el listado de autoridades que pueden ser destituidas por la Asamblea a través de un enjuiciamiento político que depende de la mayoría consolidada más que de las pruebas o descargos.
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Finalmente, la última pregunta propone permitir el funcionamiento de casinos y salas de juego dedicadas a juegos de azar únicamente en hoteles de cinco estrellas. Según el texto, estos establecimientos pagarían un tributo del 25 % de sus ingresos, que se destinaría a programas de lucha contra la desnutrición crónica infantil y de alimentación escolar. Los juegos de azar fueron prohibidos en Ecuador mediante la consulta popular de 2011 impulsada por el expresidente Rafael Correa.
Hasta el momento, no se ha confirmado si el presidente ya envió formalmente el paquete de preguntas a la Corte Constitucional ni cuál sería el calendario previsto para la convocatoria y realización de la votación. La Corte deberá pronunciarse en un plazo no mayor a 20 días desde la recepción del pedido, según el artículo 105 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales.
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