
(Desde Santiago, Chile) En agosto de este año comenzará a regir la ley 21.643, conocida como Ley Karin, la cual modifica el Código del Trabajo con el objetivo de prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo. Asimismo, establece que el delito no se limita a la relación entre jefe y subordinado, sino que también puede ser entre compañeros de labores.
La antigua ley (20.607) que entró en vigencia en 2012, definía el concepto de acoso laboral como “toda conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterados, ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores”. Sin embargo, la nueva normativa amplía esta definición.
Bautizada así en memoria de la técnica en enfermería Karin Salgado (40), quien se quitó la vida en noviembre de 2019 tras sufrir acoso laboral en el Hospital de Chillán, esta nueva norma busca erradicar el acoso en el entorno laboral y ha sido reconocida de manera transversal como un avance significativo hacia la promoción del trabajo seguro y con perspectiva de género.
En este sentido, la nueva Ley de Acoso Laboral determina que no será necesario que los hostigamientos o agresiones sean de forma reiterada para ser constitutivas de delito, tal como lo señalaba la antigua ley, sino que bastará que dicha acción sea ejercida una sola vez para poder ser denunciada.
La iniciativa responde a compromisos adquiridos por Chile con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el marco del Convenio 190 sobre Eliminación de la Violencia y el Acoso Laboral. Entre las indicaciones, se destaca la mención expresa de “salud física y mental” en el Código del Trabajo, ampliando las interpretaciones del concepto de “salud”.
Además, la ley establece la obligación del empleador de proporcionar atención psicológica especializada de inmediato al trabajador o trabajadora denunciante, algo que Karin Salgado nunca tuvo.
Se instituye el deber de crear protocolos de prevención e investigación del acoso laboral, con la designación de un delegado voluntario para brindar apoyo durante el proceso de denuncia. El empleador deberá proporcionar capacitaciones periódicas en la materia.
La normativa también establece la obligación del empleador de denunciar al Ministerio Público casos de acoso laboral que puedan constituir delito, asegurando investigaciones por organismos públicos.
En caso de incumplimiento se contempló una multa para el empleador, que varía entre $10 a $20 millones de pesos (USD 10 mil a 20 mil)
El caso de Karin Salgado, marcado por acoso laboral, evidenció las fallas en el sistema de apoyo a trabajadores afectados. La Ley Karin busca evitar tragedias similares, estableciendo medidas preventivas, protocolos de actuación y sanciones para erradicar la violencia en el entorno laboral.
18 conductas que serán delito en la nueva ley
-Restringir a un subordinado las posibilidades de hablar.
-Separar a un trabajador de sus compañeros cambiándolo de lugar.
-Prohibir a los compañeros que hablen con una determinada persona.
-Obligar a alguien a realizar labores en contra de su conciencia.
-Juzgar el desempeño de un trabajador de forma ofensiva.
-Cuestionar injustificadamente las decisiones de un trabajador.
-No asignar tareas a un trabajador o asignarle tareas por debajo de sus capacidades.
-Asignar tareas degradantes a un trabajador.
-Asignar tareas con datos erróneos a un trabajador.
-No establecer comunicación directamente con un trabajador.
-Tratar a un trabajador como si no existiera.
-Criticar reiteradamente la vida privada de un trabajador.
-Terror telefónico realizado por el acosador.
-Dejar en ridículo a un trabajador.
-Insinuar que un trabajador tiene problemas psicológicos.
-Burlarse de las discapacidades de un trabajador.
-Imitar de forma burlesca los gestos y voces de un trabajador.
-Burlarse de la vida privada de un trabajador.
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