La disputa entre Wanda Nara y Mauro Icardi sumó otro capítulo. Pero esta vez, la justicia le dio la razón a la empresaria. Este hecho es consecuencia de los reiterados reclamos realizados por la mediática, que por estas horas se encuentra en los Estados Unidos, desde la separación de ambos. Durante la última emisión de DDM, el periodista Martín Candalaft informó sobre la resolución del juez que ordena la inclusión de Icardi en el registro de deudores alimentarios, equiparándolo a otros casos, como el de Elián Valenzuela.
En esta ocasión, el Juzgado Civil 106 de la Ciudad de Buenos Aires resolvió decretar un embargo sobre la participación social de Mauro Emanuel Icardi en la sociedad Asociación Civil La Isla S.A. por una suma de 110.000 dólares estadounidenses en concepto de capital por alimentos, a solicitud de Wanda Solange Nara. La decisión, firmada el 19 de agosto de 2025 por el juez Adrián Hagopian, responde a la falta de cumplimiento de las obligaciones alimentarias por parte del futbolista, según consta en el expediente 88891/2024.
La medida afecta directamente a Icardi, quien reside actualmente en Turquía por motivos laborales, y busca garantizar el derecho alimentario de las hijas menores de la expareja. El tribunal también dispuso la inscripción de Icardi en el Registro de Deudores Morosos una vez que la resolución quede firme, conforme a lo establecido en la ley 269 y el Decreto Reglamentario 230/2000.

El fallo se fundamenta en la falta de acreditación del cumplimiento de las obligaciones alimentarias por parte de Icardi. El juez señala en la resolución: “toda vez que no se encuentra acreditado en autos en cumplimiento de las obligaciones del demandado -ver liquidación aprobada a fs. 42-, corresponde decretar la medida cautelar solicitada a los efectos de garantizar a las menores su derecho alimentario”. El embargo incluye, además del capital, una suma adicional de 3.500 dólares para responder a intereses y costos de la ejecución.
El tribunal ordenó librar oficio al presidente del directorio de la sociedad mencionada para que se efectúe la traba del embargo y se remita copia de la anotación al expediente. Una vez cumplida la medida, se notificará formalmente a Icardi.
En el mismo acto, el juzgado rechazó la impugnación presentada por la defensa de Icardi contra la liquidación practicada por la parte actora, aprobando el monto reclamado por Nara. El texto judicial indica: “Rechazar impugnación formulada por la parte demandada a fs. 132/134 respecto de la liquidación realizada por la actora a fs. 126/128, la que se aprueba por un capital de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO VEINTIDÓS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES CON OCHO CENTAVOS (U$S 122.443,08)”.

El juez también consideró que la solicitud de prohibición de salida del país para Icardi resulta abstracta, dado que el demandado ya reside en el exterior. Pero si regresa sin resolver la situación, no podría salir. Además, se dio intervención al Defensor Público de Menores e Incapaces, quien dictaminó que la liquidación presentada por Nara se ajusta a los lineamientos legales y a su propio dictamen.
La resolución judicial se enmarca en el proceso de ejecución de alimentos iniciado por Wanda Nara contra Mauro Icardi, y busca asegurar el cumplimiento efectivo de las obligaciones alimentarias en favor de las hijas menores de la pareja. El expediente continuará con la ejecución de las medidas ordenadas y la notificación a las partes involucradas.
El registro de deudores alimentarios funciona como una herramienta legal para visibilizar a los obligados al pago de alimentos que no cumplen con lo establecido por la justicia. En este caso, la inscripción de Icardi responde a la falta de pago de la manutención acordada para sus hijas tras la separación, quedando expuesto a posibles consecuencias que incluyen restricciones crediticias y complicaciones para concretar trámites legales o salidas al exterior.

Ayer, Wanda Nara publicó un extenso posteo donde visibilizó su reclamo contra Icardi: “No pagar absolutamente ni un peso de alimentos, cuando tenés la obligación moral además de la orden judicial, multas, etc; es violencia. Después reclamás tus derechos cuando no cumplís con tus obligaciones.Como si fuera poco,te hacés cargo de nuevos nenes, pagando colegios que los propios padres no podrían pagarles, y que lo hacés solo por venganza a tu familia, pero el colegio de las tuyas es el segundo año que NO PAGÁS”
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