En una charla exclusiva con Infobae en vivo, Franco Gorini, abogado especializado en derecho ambiental, afirmó: “El avance hacia la tipificación de la figura del ecocidio es una realidad. Es algo que va a suceder en el corto plazo y tenemos que trabajar porque sea hecho de forma sensata”. El especialista remarcó que los incendios en la Patagonia y otras regiones argentinas evidencian la urgencia de una respuesta penal adecuada.
En diálogo con el equipo de Infobae a la Tarde, integrado por Manu Jove, Maia Jastreblansky, Paula Guardia Bourdin y Tomás Trapé, Gorini profundizó sobre la dispersión normativa que hoy rige los delitos ambientales: “Tenemos una dispersión normativa bastante marcada de distintos delitos ambientales en leyes especiales”. Sostuvo que la falta de un marco unificado en el Código Penal dificulta la sanción efectiva de quienes provocan daños al medio ambiente.
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La ausencia del ecocidio en el Código Penal y el rol del derecho administrativo
Gorini precisó que actualmente el Código Penal argentino no contempla el ecocidio como delito específico: “Hoy en día el ecocidio no lo tenemos tipificado”. Agregó que, en la práctica, los incendios intencionales sólo pueden ser juzgados como delitos comunes de incendio, con penas que suelen ser bajas: “El objetivo del delito de incendio no es la tutela del ambiente. El legislador, cuando tipificó el delito de incendio, lo que le preocupaba era la seguridad pública”.
La consecuencia, según el abogado, es que quienes inician incendios suelen recibir penas en suspenso: “Las personas que inician los incendios no tienen antecedentes penales, es primera condena, terminan siendo unas penas a tres años de prisión en suspenso, es decir, no van a prisión”. Para Gorini, este sistema resulta insuficiente para proteger un derecho consagrado en la Constitución: “Todos sabemos lo valioso que es el medio ambiente y justamente por eso merece una tutela especial”.
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El concepto internacional de ecocidio y los desafíos para su aplicación local
El especialista expuso que la figura de ecocidio se encuentra en debate a nivel internacional, especialmente en la Corte Penal Internacional: “El ecocidio es una figura que está propuesta para ser tipificada en la Corte Penal Internacional”. Detalló que la definición exige intencionalidad y daños graves, extensos o duraderos sobre el ambiente: “Esta definición, pensada para la CPI, si nosotros la traspolamos a nuestro sistema legal, presenta un montón de vicisitudes”.

Gorini explicó que el proyecto de reforma del Código Penal argentino ya incluye una referencia al daño ambiental irreparable, aunque sin nombrar expresamente al ecocidio: “En el proyecto de código penal del Ejecutivo, en el artículo 444, hay un inciso que, de forma genérica, sin decir que es el ecocidio, habla de los daños al ambiente que no van a permitir su regeneración y prevé penas mínimas de cinco años de prisión”. Según el abogado, la discusión parlamentaria será clave para definir el alcance de la figura y sus penas.
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El paradigma punitivo y la influencia del papa Francisco en la agenda ambiental
El abogado subrayó que el ecocidio debe contemplar tanto la intencionalidad como la imprudencia, abriendo la puerta a sanciones a funcionarios públicos y actores privados: “Funcionarios públicos que, en connivencia con empresarios, permiten o hacen caso omiso a las normas pueden ser castigados de forma especial con, por ejemplo, penas de inhabilitación”. Añadió que la reacción estatal debe ser proporcional: “Tenemos que disuadir de la forma más fuerte posible. ¿Qué herramienta tiene el Estado? El derecho penal”.
Consultado sobre la influencia del papa Francisco, Gorini destacó el rol pionero del pontífice: “Francisco, nuestro Papa, desde el principio, fue un ferviente defensor de el cuidado ambiental. En su encíclica Laudato si’, habla de la necesidad de proteger el ambiente y llegó a postular la concepción en el catecismo de la Iglesia Católica de un pecado ecológico”. Para Gorini, la mirada integral de Francisco y la Conferencia Episcopal reforzó la presión para avanzar en la legislación penal ambiental.
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Finalmente, Gorini remarcó la importancia de la ley de manejo del fuego como herramienta preventiva, pero insistió en que la respuesta penal es ineludible: “A esta altura todos estamos de acuerdo, sea del partido político que sea, la alineación ideológica, en que los daños ambientales tienen que ser castigados”.
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