Por medio de la resolución 149/2019, del Ministerio de Transporte publicada este lunes en el Boletín Oficial se estableció la obligatoriedad del uso de cinturón de seguridad en los micros de larga distancia.
Asimismo, estableció que las mismas empresas tendrán que verificar que todos los pasajeros lo utilicen antes de iniciar el viaje.
La disposición da un plazo de seis meses para que los ómnibus de larga distancia tengan cinturones de seguridad instalados en todos los asientos y la obligación de que cada viajero lleve su cinturón abrochado.
En los detalles de la medida, los choferes o personal a bordo deberán entregar a cada pasajero una cartilla informativa al momento de iniciar el trayecto, en la que se explicará que, durante el viaje, el cinturón de seguridad tiene que estar abrochado, con la salvedad para los momentos en que los pasajeros usen el baño o el bar a bordo.

También se explicó que en el caso de las unidades que cuenten con sistema de pantallas, éstas deberán incluir un video con las instrucciones de uso, que será emitido al comienzo de cada viaje.
En el texto de la resolución también se determinó que en las unidades 0 kilómetro se instalen en los asientos cinturones de seguridad de tres puntos retráctiles.
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