La Argentina es el segundo país de la región con más glaciares: tiene casi 17.000

Así se desprende del inventario que se presentó ayer. El Gobierno cree que ahora el Congreso debe aclarar los términos de la ley que los protege para poder desarrollar la minería. Rechazo de las asociaciones ecologistas

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En la Argentina hay 16.968 glaciares: 16.078 sobre la Cordillera de los Andes y 890 en las Islas del Atlántico Sur, que ocupan una superficie de 8.484 km2, un tamaño equivalente a 41 veces la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Estos cuerpos de hielo ubican al país en el segundo lugar de América Latina en términos de recursos disponibles de agua dulce y entre los primeros 15 estados del planeta.

Estas cifras surgen del Inventario Nacional de Glaciares , que se dio a conocer este martes en la Casa Rosada. Es un relevamiento que estaba pendiente y está incluido dentro de la ley de presupuestos mínimos de protección de los cuerpos de hielo. El ministro de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Sergio Bergman, adelantó que el inventario se enviará a las provincias y que el bloque de Cambiemos en el Congreso introducirá el debate sobre la interpretación de la norma. Entre los miles de glaciares que se identificaron hay, al menos, 40 proyectos mineros que están en suspenso por la posible violación de la normativa.

"Ahora los poderes Ejecutivo y Legislativo, nuestras provincias y todos los interlocutores, a la luz del día y hablando de frente y claramente, estamos en condiciones de someternos a la ley vigente, pedir las interpretaciones que correspondan a aquellos que la requieran, y otorgarle a las provincias la potestad y la autonomía para que puedan definir con este recurso qué es lo que hacen pero también qué es lo que no pueden hacer: no se pueden comprometer los recursos hídricos estratégicos del país, porque el agua es vital y fundamental para el desarrollo sustentable", indicó el ministro que estuvo acompañado por el jefe de Gabinete, Marcos Peña y el vicejefe, Mario Quintana.

También estuvieron presentes el ministro de Energía y Minería, Juan José Aranguren, el director del Instituto Argentino de Nivología y Glaciares (IANIGLA), Fidel Roig, funcionarios nacionales y los investigadores que realizaron el trabajo de campo.

Para el gobierno nacional es necesario aclarar de qué se habla cuando la norma se refiere a ambiente periglaciar, es decir la superficie que rodea el recurso. En el inventario presentado no se incorporaron los cuerpos menores a una hectárea, una clasificación técnica internacional, según el ministerio y el IANIGLA, pero un incumplimiento según una causa que tramita en la justicia federal por los sucesivos derrames de agua con cianuro  en San Juan.

"Nosotros convalidamos el criterio técnico del IANIGLA, pero la interpretación de la justicia es otra. Por eso queremos que quienes dictaron la ley determinen con detalle cuál es el área a proteger. Paralelamente la Corte Suprema de Justicia también puede definir la situación si avala este inventario. La causa que lleva adelante el juez Sebastián Casanello se tornaría abstracta", indicó Bergman. Por esa causa están procesados los ex secretarios de Ambiente del kirchnerismo Juan José Mussi, Omar Judis, Sergio Lorusso, el secretario de Minería, Jorge Mayoral y el ex presidente del Ianigla, Ricardo Villalba.

Un grupo de ONGs ambientalistas asegura que el estudio está incompleto: "La publicación del inventario no sólo llega con años de demora sino que está incompleta, ya que no incluye a los pequeños glaciares que también deben ser contemplados y protegidos por la ley. Exigimos que todos los glaciares, sin importar su tamaño o composición, sean protegidos por la normativa nacional", sostuvo Gonzalo Strano, coordinador de la campaña de glaciares de Greenpeace, uno de los firmantes del comunicado.

Por provincias, Santa Cruz contiene la mayor superficie de glaciares del país (3.421 km2 y 2.420 unidades). Mendoza ocupa el segundo lugar con 1.239 km2 y 4.172 cuerpos inventariados, mientras que San Juan, ocupa el tercer lugar en cuanto a mayor superficie a nivel nacional. Las provincias con menos superficie cubierta por hielo en el país son Jujuy (9,5 km2 distribuidos en 255 cuerpos) y Tucumán (10 km2 y 122 cuerpos).

En relación con la posibilidad de que la norma sea modificada se refirió en el portal Econo Journal el secretario de Minería, Daniel Meilán. Dijo que se trabaja en conjunto con las provincias, que son las dueñas de los recursos, y con los legisladores, que son los que tienen que dar forma a las leyes.
"Priorizamos el diálogo a fin de alcanzar el consenso permanente; porque todo lo que estamos haciendo tiene que pasar por el Congreso. Si no nos ponemos de acuerdo con esto, no podemos hacer nada", puntualizó.

Los proyectos mineros que están condicionados por la definición del inventario, a fin de contar con mayores certezas en cuanto a las áreas que son consideradas reservas hídricas, son principalmente los de cobre Altar y Pachón, al igual que Pascua Lama y Los Azules, que además de cobre tienen oro y plata, como Del Carmen y Constelación, en la provincia de San Juan, y otro cuprífero, Agua Rica, en Catamarca.

Los glaciares, además de un recurso estratégico de abastecimiento de agua dulce, son muy sensibles al cambio climático, de hecho varios de ellos como el Upsala y el Fitz Roy, en Santa Cruz, dan muestra de la retracción que han sufrido en las últimas décadas a causa de este fenómeno global.
El ambiente periglaciar, para los expertos, es aquella zona que reúne suelos congelados permanentes en los que la temperatura se encuentra por debajo de los 0 grados por más de dos años.

Enrique Viale, representante del Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas que también firmó una misiva junto a la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (Farn), argumentó: "El inventario está correcto pero incompleto. La ley es clara; en su artículo 2° establece que son objeto de protección todos los glaciares 'cualquiera sea su forma, dimensión y estado de conservación'. Aún así, el actual inventario establece que tanto la mina Veladero como Pascua-Lama están asentados sobre glaciares y ambiente periglacial, por lo que están alcanzadas por la prohibición de cualquier actividad extractiva estipulada en el artículo 6° de la Ley. Es hora de su aplicación efectiva, no puede haber más dilaciones".

 
 

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