
A mediados de diciembre pasado, la jueza en lo contencioso administrativo Patricia López Vergara evitó un potencial baño de sangre cuando le ordenó al Gobierno porteño que respete la ley 5688 sancionada por la Legislatura de la Ciudad –que apunta que los policías encargados de supervisar la seguridad en una manifestación no deben portar armas de fuego y llevar sus respectivas identificaciones- de cara a las movilizaciones en rechazo por la reforma previsional que terminaron con más de 160 heridos y 68 detenidos. El presidente Mauricio Macri criticó la decisión al día siguiente, en el marco de una conferencia de prensa, con varios rumores de pedidos de juicio político para López Vergara. Ayer por la mañana, un magistrado del mismo fuero exigió las mismas garantías para las marchas y concentraciones en apoyo al paro internacional de mujeres, lesbianas, trans y travestis del #8M.
En un fallo al que accedió a Infobae, el doctor Martín Furchi, titular del Juzgado Nº16, ordenó al gobierno de la Ciudad que "extreme los recaudos que correspondan a fin de garantizar el respeto y la protección de las personas que asistan a la marcha" luego de una presentación colectiva de una medida presentada por legisladoras como Lorena Pokoik, Andrea Conde y María Elena Naddeo, directora general de Niñez y Género de la Defensoría del Pueblo entre otras, con el apoyo de organizaciones como AMMAR y la Red de Abogadas Feministas.

El pedido, entre otros puntos, fue realizado "a fines de garantizar a la concurrencia su derecho a asistir en condiciones de seguridad". Entre otras cosas, la medida presentada en el fuero en lo contencioso administrativo exigió que se dé cuenta de todos los vehículos, armamento e identidades del personal, que todas las filmaciones de drones hechas en las marchas sean remitidos al Juzgado Nº16, que las postas de goma solo sean utilizadas "con fines defensivos de la integridad física, nunca para dispersar manifestantes" bajo exclusiva orden judicial y que se prohíba el uso de móviles no identificados, así como la participación de policías investigados o sancionados por uso excesivo de la fuerza en manifestaciones. También, pidieron que no haya canales paralelos de comunicación entre efectivos de seguridad y que se garantice el ejercicio de la actividad periodística.

De cara a estos pedidos, el juez Furchi razonó que "es razonable inferir que todas aquellas pretensiones vinculadas con la comisión de delitos resultan ajenas a la competencia de este Tribunal", un área que le corresponde a la Justicia penal porteña. Sin embargo, el juez citó el fallo de su colega López Vergara y apuntó que "se impone en el caso la búsqueda de una medida que por un lado proteja el derecho a manifestarse libremente en el marco de un estricto cumplimiento del principio de legalidad por parte de las fuerzas de seguridad" y que a su vez no impida "la competencia de otros fueros".
Furchi luego recordó que "no puede perderse de vista" que la ley 5688 es clara respecto a la sujeción de la actuación del personal policial.
Decenas de miles de personas asistieron a la movilización del año pasado en Plaza de Mayo en 2017. Un pequeño grupo comenzó fuegos y lanzó botellas a la Catedral rodeada de vallas y policías a comienzos de la noche.
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