
En medio de la disputa legal en los tribunales de Nueva York tras el fallo dictado por la jueza Loretta Preska que ordena la transferencia del 51% de las acciones estatales de YPF a los fondos Burford Capital y Eton Park Capital Management como parte de una sentencia adversa en el litigio por la expropiación de la empresa en 2012, en el Congreso Nacional se han multiplicado los proyectos para proteger la soberanía nacional y los activos estratégicos.
La última presentación la realizaron los diputados Carlos Aníbal Cisneros y Sergio Omar Palazzo, quienes reclamaron que la Cámara de Diputados exprese “su más enérgico repudio” a la sentencia de Preska e insistieron en que cualquier eventual traspaso de acciones expropiadas solo puede concretarse “con autorización del Congreso de la Nación votada por las dos terceras partes de sus miembros”, según lo previsto por el artículo 10 de la Ley 26.741.
La iniciativa de los dos diputados de Unión por la Patria también señala que la sentencia extranjera avanza sobre competencias exclusivas del Congreso argentino e ignora la normativa nacional que regula los bienes estratégicos. Se considera que la orden judicial “desconoce la soberanía argentina y las atribuciones del Congreso de la Nación” y debe ser repudiada institucionalmente por todos los poderes del Estado.

Este proyecto de resolución se suma a iniciativas ya presentadas en ambas cámaras por diferentes bloques: todas proponen un fuerte repudio institucional al fallo y reivindican el rol clave del Congreso para cualquier medida que comprometa la titularidad pública sobre la empresa.
Por ejemplo, el proyecto presentado por Miguel Ángel Pichetto y Oscar Agost Carreño en Diputados determina que “toda medida o acción tendiente a ceder, enajenar, transferir, comprometer o disponer directa o indirectamente de acciones de YPF S.A. pertenecientes al Estado Nacional deberá ser votada por las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara del Congreso”.
En esa línea, también afirma que cualquier acción que prescinda de esta autorización resultará “nula de nulidad absoluta y carecerá de validez legal”. Por otro lado, exige al Poder Ejecutivo “abstenerse de realizar actos jurídicos que impliquen, directa o indirectamente, el desapoderamiento de acciones”.

La misma disposición fue reflejada en el Senado por el radical Maximiliano Abad y su correligionario Pablo Blanco, acompañados por el respaldo público de Martín Lousteau, presidente del partido: “Exhortamos a todas las fuerzas políticas a defender YPF porque constituye una causa común de todos los argentinos”. En su proyecto, Abad señala que cumplir el fallo de la jueza Preska implicaría “un grave avasallamiento a la soberanía nacional y al principio de inmunidad soberana y no injerencia reconocido por el derecho internacional”.
Por su parte, Unión por la Patria presentó proyectos en ambas cámaras para rechazar categóricamente la sentencia y exigir al Poder Ejecutivo que agote todas las instancias legales y diplomáticas en defensa de la soberanía nacional y del patrimonio público.
El rol del Congreso
Los diferentes textos coinciden en reivindicar el papel central del Poder Legislativo en la custodia de los activos estratégicos de la Nación. Insisten en que cualquier transferencia accionaria requiere aprobación calificada del Congreso, condicionante reconocido tanto por la Constitución (artículo 17) como por la ley especial que rige la expropiación de YPF.

La declaración de la bancada que lidera Pichetto subraya que “será nula de nulidad absoluta y carecerá de validez legal” cualquier medida dictada sin la intervención parlamentaria. Lisandro Nieri (UCR) también impulsó en Diputados una iniciativa que expresa “profunda preocupación” ante la sentencia y recalca que desconoce tanto la legislación interna argentina como los tratados internacionales suscritos por el país.
En el Senado, proyectos impulsados por legisladores como Mónica Silva (Juntos Somos Río Negro) y la bancada de Unión por la Patria también insisten en que el fallo viola artículos fundamentales de la Constitución y las disposiciones legales vigentes. Los proyectos contienen exhortos para que la Cancillería denuncie el fallo como un ataque a la autodeterminación ante organismos internacionales y gestione alineamientos diplomáticos con países aliados.
Esta semana el Estado argentino presentó ante la Justicia de Nueva York varios argumentos que apuntan a la inviabilidad legal de cumplir la orden de turnover emitida por Preska. Se argumentó que la transferencia de las acciones violaría la Ley 26.741 y generaría efectos legales y contractuales irreversibles sobre la estructura financiera de la compañía, incluyendo eventuales activaciones de cláusulas de deuda y riesgos laborales para más de 23.000 empleados. Adicionalmente, el Estado remarcó que no existe un marco legal claro que permita a un tribunal extranjero ejecutar bienes de un Estado soberano que no estén localizados en Estados Unidos.
Desde la Procuración del Tesoro se destacó que cumplir el fallo podría perjudicar las reservas, debilitar al mercado financiero local y dañar la confianza inversora. Asimismo, se advirtió que el caso plantea “cuestiones legales de primer impresión” y que la apelación ante el Segundo Circuito podría revertir o modificar la sentencia original.
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