La batalla legal por la candidatura de Sergio Uñac para ser reelecto nuevamente como gobernador de San Juan sigue abierta. Aunque las dos primeras decisiones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación fueron contrarias a la voluntad del mandatario sanjuanino, el equipo legal de la provincia cuyana aún mantiene las expectativas porque consideran que la interpretación correcta del ya célebre artículo 175 de la Constitución local le permite a Uñac competir una vez más.
El propio Uñac deslizó durante una entrevista televisiva en el programa Zonda TV, en su provincia, que podría haber renovación aunque recién “en 2027”. Mientras, espera que la Corte defina.
Jorge Alvo Varela, el fiscal de Estado de San Juan, se ubicó al frente de la discusión legal y es el encargado de plantear frente al máximo tribunal de justicia del país los argumentos por los que considera que es legítima la intención de Uñac de aspirar a un nuevo mandato. En diálogo con Infobae, reveló el punto clave que sostiene su estrategia.

Seis palabras
En efecto, Alvo recordó que la letra del artículo 175 de la Constitución de San Juan, modificada en 2011, quedó escrita de la siguiente manera:
“El Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”.
Para el funcionario, el artículo deja claro que el ejercicio de las funciones de un gobernador y su vice son distintas, de manera que tal formulación sería la llave para que Uñac, que fue vicegobernador de 2011 a 2015, gobernador de 2015 a 2019, reelecto para el período 2019 - 2023, obtenga lo que sería su segunda reelección.
Con este razonamiento, en un período, ejerció funciones como vicegobernador. En los dos siguientes, ejerció funciones como gobernador. La Constitución lo habilita para que haga esto último una vez más, según la forma de entenderla que expuso el fiscal de Estado.
“Las funciones del gobernador y vice, a diferencia de lo que plantea el impugnante (el dirigente de Evolución Liberal, Sergio Vallejos), que las equipara y las unifica, son absolutamente diferentes. Debe armonizarse con el resto del articulado del texto constitucional. El gobernador está a cargo del Poder Ejecutivo que es unipersonal, el vicegobernador es el presidente nato de la Cámara de Diputados, y así tienen diferentes funciones”, explicó Alvo.
“La interpretación que siempre ha sostenido la Corte en cuanto a una norma es que primero debemos atenernos a lo que dice la letra del articulado, de la norma jurídica, y el espíritu que tuvo en cuenta el legislador. Y el legislador cuando avanzó en la enmienda constitucional tuvo en cuenta simplemente un posterior periodo para gobernador, no habló del vicegobernador. Por lo tanto, consideramos que se encuentra perfectamente habilitado”, completó sus argumentos el Fiscal de Estado.
La enmienda constitucional a la que se refiere Alvo es la que se introdujo en marzo de 2011, cuando el entonces gobernador José Luis Gioja, promovió la modificación del artículo 175, que hasta ese momento habilitaba una sola reelección y luego prohibía expresamente a los dirigentes postularse para un nuevo cargo en el siguiente periodo.
Alvo recordó que Uñac fue totalmente ajeno a aquel proceso, que se realizó luego de una consulta popular, que permitió que Gioja fuera reelecto.
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Por fuera de ese argumento nodal, el abogado que representa los intereses del Estado sanjuanino, realizó críticas medidas a las decisiones de los cortesanos Horacio Rossatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda por considerar que su intervención en el caso avasalla la autonomía provincial.
También hizo notar que cuando suspendieron la elección en la categoría gobernador de forma preventiva, mediante una medida cautelar, los jueces dejaron entrever su opinión sobre la cuestión de fondo. Esto se debe a que en un fragmento del fallo, la Corte se refirió a la candidatura de Uñac como la posible antesala de un “cuarto mandato”, algo que para el fiscal de Estado es incorrecto. “Sientan una posición jurídica que es similar a la del impugnante, por lo tanto provocan una situación de indefensión ineludible”, remarcó.
Por ese motivo, Alvo y su equipo realizaron una presentación respondiendo la decisión de los jueces supremos en donde les pedían que se aparten del caso, precisamente por considerar que habían dejado por escrito que coincidían con el demandante de Uñac. Esa recusación, sin embargo, fue rechazada in limine el 16 de mayo, 48 horas después de su presentación.

Las elecciones en la categoría gobernador estaban previstas para el pasado domingo 14 de mayo. De forma sorpresiva, la Corte Suprema las suspendió sólo cinco días antes de su realización. Finalmente, los comicios se realizaron para todos los cargos locales, menos para gobernador y vice, que están pendientes.
Ahora, Alvo espera que se discuta la cuestión de fondo, como una suerte de batalla final. “Existe una última instancia, que no creo que lleguemos a eso, que es la Corte Interamericana, que todos sabemos que no es vinculante en su fallo para la Corte, ya que es este el máximo órgano dentro del Poder Judicial”, desliza el funcionario cuyano. Por esa razón, admite, “será una decisión del señor gobernador determinar cuáles son las acciones a seguir”, en caso de que su planteo no prospere.
Esa decisión determinará si la renovación llega este año o en 2027.
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