Alberto Fernández derogó dos decretos electorales de Macri

De esta manera, el Presidente eliminó la posibilidad de que los presos y el personal de seguridad abocado a la elección sufraguen de manera anticipada

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"Wado" De Pedro, Alberto Fernández
"Wado" De Pedro, Alberto Fernández y Sergio Massa (Maximiliano Luna)

Como estaba previsto, el Gobierno derogó dos decretos electorales impulsados por el presidente Mauricio Macri que permitían a partir del 2021 el voto anticipado de los detenidos con prisión preventiva y del personal de seguridad avocado a los comicios.

Así lo estableció a través del Decreto 166/2021, publicado este viernes en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro.

Además, se esperaba que la actual administración del Frente de Todos también dejara sin efecto la autorización para los argentinos residentes en el exterior para emitir su voto por correo postal, otra medida que se implementó en la gestión de Cambiemos, por lo que se espera que este último cambio se oficialice en los próximos días.

Desde el Ministerio del Interior esgrimen que esas normas, creadas meses antes de las últimas elecciones presidenciales y envueltas entre cruces políticos y un largo devenir judicial desde entonces, son inconstitucionales.

Los cambios que ya entraron en vigencia dejaron sin efecto los decretos reglamentarios 54 y 55, impulsados a comienzos de 2019 por la anterior administración nacional, los cuales causaron fuerte resistencia de parte del peronismo cuando aún era oposición.

En ese momento hubo reclamos y presentaciones del kirchnerismo, el PJ y el Frente Renovador, y desde hace dos años son el eje de un proceso legal que llegó a la Corte Suprema. Los opositores reclamaban que las modificaciones debían realizarse a través del Congreso Nacional, y no con una herramienta del Ejecutivo. Además, cuestionaban que se impulsaran el mismo año de las elecciones presidenciales. La derogación se produce de manera independiente a la decisión de la Justicia, aclararon en Gobierno.

Las dos normas dejaron de tener efecto luego de que se publicara este decreto simple y, por separado, en los próximos días se firmará uno similar que también anulará el decreto reglamentario 45, el cual establecía la facilidad de voto para los argentinos residentes en el exterior.

“Cualquier modificación en el modo de votar tiene que pasar por el Congreso”, dijo en diálogo con periodistas, en Casa Rosada, la secretaria de Asuntos Políticos, Patricia García Blanco, a cargo del desarrollo legal de la derogación. Desde Gobierno aseguran que las normas electorales impulsadas por Macri en 2019 “no se ajustan a derecho”.

Rogelio Frigerio junto a Adrián
Rogelio Frigerio junto a Adrián Pérez, ex Secretario de Asuntos Políticos e Institucionales del Ministerio del Interior

El antecesor de García Blanco, Adrián Pérez, quien estuvo a cargo del impulso de las modificaciones electorales, argumentaba en 2019 que las normas garantizaban que pudieran ejercer su derecho al voto grupos de personas que experimentaban dificultades para hacerlo, ya fuera porque se encontraban en el exterior, privadas de su libertad, u ocupadas en la tarea de custodiar las elecciones. Señalaba entonces que el voto de esos sectores apenas superaba el 10 o el 15 por ciento. El padrón de argentinos residentes en el exterior es de 360.00 ciudadanos, pero el sufragio no es obligatorio. En las últimas elecciones, según informaron fuentes de Interior, votaron 20.000 personas. En su mayor parte, se inclinaron por Juntos por el Cambio.

Antes de que estuvieran vigentes las normas impulsadas por Mauricio Macri, los procesados con prisión preventiva podían votar con boleta única el día de las elecciones, mientras que los agentes de seguridad estaban habilitados para emitir su voto en el centro que les tocara custodiar. El decreto de 2019 los habilitó para sufragar entre 7 y 12 días antes de la fecha de las elecciones.

Entre los considerandos del Decreto publicado este viernes, el Gobierno señaló que “el Código Electoral nacional no contempla realizar los comicios para grupos determinados por fuera de la fecha fijada para todo el cuerpo electoral”, por lo que, en consecuencia, “los citados Decretos Nros. 54/19 y 55/19 constituyen una flagrante violación al orden jerárquico establecido por el artículo 31 de la Constitución Nacional, cuya aplicación impide que un decreto pueda modificar una ley”.

Con respecto a los argentinos residentes en el exterior, la reglamentación que se derogará permite que puedan votar en la sede diplomática argentina más cercana, o inscribirse en un registro online que habilite a votar por correo. Cuando estén publicados los decretos de derogación, aquellas personas habilitadas para votar que viven en otros países deberán sufragar exclusivamente de manera presencial. En Gobierno señalaron que el voto por correo impide constatar irregularidades y recordaron que las normas exigen la presencialidad como requisito para emitir el voto.

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