Una por una, cuáles son las actividades permitidas en las nueve provincias que flexibilizan la cuarentena

A través de diferentes Decisiones Administrativas, el Gobierno nacional explicó qué trabajos están autorizados dependiendo de cada distrito y bajo qué condiciones pueden funcionar

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infobae

Tras el acuerdo entre el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y los gobernadores de nueve provincias, este viernes se publicaron en el Boletín Oficial las actividades que a partir de hoy están permitidas en esos distritos del país durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio y bajo qué condiciones pueden funcionar.

A través de varias Decisiones Administrativas que llevan la firma de Cafiero y del ministro de Salud, Ginés González García, el Poder Ejecutivo nacional dio precisiones sobre la flexibilización de la cuarentena en Entre Ríos, Misiones, Salta, San Juan, Neuquén, Santa Cruz, Mendoza, Jujuy y La Pampa.

De esta manera y tal como había adelantado Infobae, el Gobierno precisó las nuevas condiciones del aislamiento en algunas partes de la Argentina, antes del anuncio que el presidente Alberto Fernández realizará, dando a conocer su decisión sobre la continuidad de esta medida.

Construcción en el sector privado

Uno de los documentos publicados en el Boletín Oficial, la Decisión Administrativa 625/2020, hace referencia a la situación en Entre Ríos, Misiones, Salta, San Juan, Neuquén, Santa Cruz, Mendoza, Jujuy y La Pampa, donde pueden retomar sus actividades laborales las personas “afectadas al desarrollo de obra privada”.

En este sentido, el texto aclaró que este permiso estará “sujeto a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales”.

Podrá volver a funcionar la construcción del sector privado en algunas provincias. (REUTERS/Marcos Brindicci)
Podrá volver a funcionar la construcción del sector privado en algunas provincias. (REUTERS/Marcos Brindicci)

“En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo Coronavirus”, detalló el Gobierno.

Además, se remarcó que “los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad exceptuada por la presente”, mientras que “las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad” para sus respectivos trabajadores.

Cada provincia tendrá que “dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo” de la construcción privada, “pudiendo limitar su alcance a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios o establecer requisitos específicos” dependiendo de “la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus”.

Los empleados del sector, en tanto, están obligados a “tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - COVID-19”, el cual continúa disponible en la web del Gobierno nacional.

Asimismo, se adelantó que esta excepción “podrá ser dejada sin efecto por cada Gobernador o Gobernadora, en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial y conforme la evolución epidemiológica de la pandemia”, así como también por “el Jefe de Gabinete de Ministros, en cualquier tiempo y circunstancia”.

Profesiones liberales

Por otra parte, en Entre Ríos, Misiones, Salta, San Juan, Neuquén y Jujuy también se autorizó el servicio de los profesionales liberales, el cual incluye a abogados, contadores y otros expertos con título habilitante. Así lo estableció la Decisión Administrativa 622/2020.

Al igual que con la construcción, el ejercicio de este tipo de profesiones “se encuentra sujeto a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca" y "se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento”, señaló el documento.

Los requisitos, entonces, son similares al de la norma anterior: los desplazamientos de las personas deben limitarse al estricto cumplimiento de estos trabajos, los empleadores tienen que “garantizar las condiciones de higiene y seguridad” y cada provincia está a cargo de “dictar las reglamentaciones necesarias”.

Abogados y contadores también estarán exceptuados en algunas partes.
Abogados y contadores también estarán exceptuados en algunas partes.

Tucumán

La situación de esta provincia es particular, ya que es un distrito en el que no estaban permitidas ciertas actividades que ya se habían flexibilizado en el resto de la Argentina. En consecuencia, el jefe de Gabinete firmó la Decisión Administrativa 607/2020, en la que anunció los nuevos empleos que ahora también pueden funcionar aquí.

De esta manera, vuelven a trabajar los establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos, las oficinas de rentas de las provincias y de los municipios y la actividad registral nacional y provincial, estás últimas dos con sistema de turnos y guardias mínimas.

Además, se retoman la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados pueden abrir sus puertas al público.

También se permitió el funcionamiento de la atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, los laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, y las ópticas, todas ellas mediante un sistema de turnos previos.

Asimismo, están habilitados los peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se puede atender al público y todos los trámites deben hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

Por último, quedaron habilitados los establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género y la producción para la exportación o de materiales industriales específicos, ambos con previa autorización del Ministerio de Desarrollo Productivo.

Para retomar el trabajo, todas estas actividades deben cumplir las mismas condiciones que en el caso de las provincias anteriores, como la de “garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias”.

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