
El ex ministro de Planificación Julio De Vido pidió este jueves al Tribunal Oral Federal 7, que sustancia la causa de los cuadernos, que le otorgue la prisión domiciliaria en ese expediente, como lo hizo el martes el Tribunal Oral Federal 1 que interviene en el caso Río Turbio. Si lo consigue, no hay más trabas para residir en su casa de Zárate, con su esposa y su hijo como garantes del cumplimiento de su arresto.
“No puede pasarse por alto que, más allá de tratarse de causas distintas, lo cierto es que el imputado resulta ser la misma persona y, por tanto, su realidad, edad y estado de salud es idéntico más allá del número de causa en el que se lo analice. Y, en verdad, ningún ‘análisis’ a ese respecto corresponde pues, como dijimos, la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 1 ha finiquitado la cuestión relacionada a determinar el cuadro de salud del imputado”, sostuvo la defensa en el escrito al que accedió Infobae.
La defensa formuló el planteo ante el TOF 7 en el marco de la aplicación de las nuevas reglas sobre prisiones preventivas y tras afirmar que la cárcel le genera “un perjuicio irreparable” al ex ministro “por sus particulares condiciones de edad y de salud”. La semana pasada, esos jueces le habían denegado la excarcelación.
Los abogados Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro remarcaron: “Estamos frente a un imputado que lleva más de dos años detenido –extremo que fue reconocido por la Sra. Fiscal, Dra. Fabiana León, al momento de contestar la vista en el incidente de excarcelación en este mismo expediente–, que transita sus 70 años de edad con diversos padecimientos de salud y que, francamente, ya está absolutamente mortificado, siendo este encarcelamiento preventivo, definitivamente una pena en sí mismo”.
Y se añadió: “Tampoco puede dejar de tomarse en consideración que actualmente el Tribunal podría valerse de la colaboración de otras agencias públicas para tomar a cargo el control del cumplimiento de la medida alternativa”.
Desde la defensa de De Vido se mostraron esperanzados en que se haga lugar al planteo por razones humanitarias y en vísperas de las Fiestas. Además De Vido cumplirá 70 años el próximo 26 de diciembre. “Se trata de un planteo que obedece a razones estrictamente humanitarias, se trata de asegurar la dignidad y el respeto por los derechos fundamentales de una persona de avanzada edad y que viene transitando en prisión ya dos años –con los padecimientos de salud ya expuestos-; por tanto, los Sres. Jueces son garantes del respeto de aquellos derechos y mal podrían utilizarse razones meramente ‘formales’ como la que anticipáramos para rechazar el presente planteo”, dijeron.
El artículo 210 inciso “j” del Código Procesal Penal que se puso en vigencia el viernes pasado habilita la prisión domiciliaria, sin la necesidad de tener que acreditar un grave cuadro de salud o la imposición de ser mayor de 70 años.
La presentación afirmó: “No se nos escapa aquí que la Sra. Representante del Ministerio Público Fiscal, en oportunidad de dictaminar acerca del pedido de libertad recientemente cursado por esta parte, ha considerado –quizás sin todos los elementos u opciones a la visa, según entendemos- que ninguna otra medida alternativa sería cautela suficiente, empero la edad del imputado y la determinación del cuadro de salud que presenta no han sido objeto de dictamen a efectos de que se expida si tales circunstancias, en adición a la modificación legislativa operada (entrada en vigencia del artículo 210 del CPPF), resultan motivo suficiente para disponer la detención domiciliaria del Sr. Julio Miguel De Vido”.
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