
El presidente Mauricio Macri, tal y como ya había anunciado que haría, vetó este jueves la ley sancionada durante la madrugada en el Senado que buscaba ponerle un freno al aumento de tarifas en los servicios públicos.
Apenas cinco horas después de la votación, fue el jefe de Gabinete, Marcos Peña, el que anunció que el mandatario había hecho uso de su "facultad constitucional" rechazando la norma impulsada por la oposición, que ya trabaja en un último recurso.
A lo largo de un documento de 12 páginas, el Presidente enumeró las razones de su decisión. En ese marco apuntó no sólo a la política llevada adelante por el gobierno anterior, sino que hizo referencia directa a un decreto dictado por Cristina Kirchner en 2010.

"La ex Presidente Dra. Cristina Fernández de Kirchner, mediante el dictado del Decreto Nº 1482/2010, ha ejercido la potestad constitucional de observar proyectos de ley", argumentó Macri entre sus justificaciones.
Y en esa misma línea citó las que habían sido las justificaciones de la mandataria en 2010 y que estaban fundadas en que "la aplicación de las condiciones establecidas en el proyecto bajo análisis se consideran inviables desde el punto de vista económico financiero, no siendo factible su implementación y sustentabilidad en el tiempo".
El decreto al que hizo alusión el Presidente refiere a cuando Fernández de Kirchner se opuso a establecer que la jubilación más baja del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, fuera equivalente al 82% del salario mínimo, vital y móvil.

En aquel momento la ley también había sido promulgada durante la madrugada y un detalle no menor: contó para el desempate con el voto del entonces vicepresidente Julio Cobos.
El radical mantenía una relación tensa con el Gobierno desde julio de 2008, cuando votó "no positivo" a la resolución 125 que imponía derechos de exportación móviles a las exportaciones de granos. Una batalla casi personal con el campo, que había llevado adelante el kirchnerismo.
Mientras tanto en otro de los pasajes de su justificación Macri recordó que según consta en jurisprudencia redactada por la propia Corte Suprema de Justicia "la facultad de establecer tarifas y cuadros tarifarios resulta una competencia exclusiva del poder administrador".
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