El juez Luis Rodríguez se reunió con el "Caballo" Suárez antes de otorgarle la prisión domiciliaria

El dato surge de la resolución, firmada el 29 de diciembre antes del inicio de la feria judicial

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El juez federal Luis Rodríguez (Adrián Escandar)
El juez federal Luis Rodríguez (Adrián Escandar)

El juez Luis Rodríguez benefició con la prisión domiciliaria al ex titular del Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU), Omar "Caballo" Suárez. La resolución fue adoptada el viernes, sobre el filo del inicio de la feria judicial, lo que generó algunas suspicacias en los pasillos de los tribunales de Comodoro Py.

En esta nota, las claves de la decisión:

El cara a cara del juez con el "Caballo" Suárez

Rodríguez, que actuó subrogando al juez natural de la causa, Rodolfo Canicoba Corral, informó en su resolución que se reunió con el gremialista detenido para analizar sus condiciones de salud.

"Entiendo que resultaría impropio omitir la valoración personal de la audiencia celebrada en el día de ayer (en relación al jueves 28 de diciembre), en el marco de la cual he podido apreciar de fuente directa el actual estado del detenido, quien evidenció problemas de desplazamiento y junto con ello un aspecto muy desmejorado", precisó Rodríguez.

Y desarrolló: "Tal estado general, importa un elemento ciertamente de peso teniendo en miras la valoración realizada también por el Dr. Ballesteros en su voto de fecha 14 de diciembre pasado, al indicar que teniendo en cuenta las alegaciones de la defensa vinculadas con el deterioro del estado de salud de Suárez corresponde que el Juez de grado, a resultas de lo que surgiere del informe médico integral ordenado en autos, reevalúe la posibilidad de disponer una medida menos lesiva para sus derechos', lo cual ocurrirá con motivo de la presente resolución. Es en orden a las consideraciones realizadas en el marco del presente apartado que habrá de poner fin a la detención carcelaria que pesa sobre Suárez desde el 13 de septiembre de 2.016 y se modificará la misma al transformarla en domiciliaria de acuerdo con el marco legal vigente en nuestros días".

Las patologías del imputado

De acuerdo a la mirada del magistrado, "se encuentran acreditadas las patologías" a las que ha hecho referencia la defensa de Suárez y junto a ellas "el desmejoramiento progresivo del estado de salud". En este sentido, Rodríguez da cuenta de la declaración del médico personal del ex titular del SOMU, Gustavo Bursztyn.

El profesional, entre otros puntos, señaló que Suárez presenta "antecedentes de adicción a bebidas alcohólicas, pudiendo ser catalogado como un alcoholista crónico grave, lo cual se evidencia en un deterioro progresivo y alarmante del estado de salud, clínico, neurológico y psiquiátrico fruto de la ingesta de aproximadamente cinco litros de bebida alcohólica diaria durante treinta años".

Omar Suárez cuando lo trasladaron a prisión (Télam)
Omar Suárez cuando lo trasladaron a prisión (Télam)

Además, mencionó el accidente cerebrovascular isquémico transitorio que sufrió el dirigente sindical "con secuelas neurológicas actuales", por lo que presenta "severos factores de riesgo" como "hipertensión arterial y una severa alteración conductual (paranoia) que lo lleva a negarse a recibir el régimen dietético recomendado y muchas veces atención médica porque alega temor a ser envenenado".

El doctor Bursztyn, además, planteó que "el detenido se considera víctima de una persecución por parte del sistema penal y penitenciario, (lo cual) afecta su capacidad para colaborar", que sufre de "episodios de hemorragia digestiva baja", de "deposiciones con sangre" y que Suárez "presenta riesgo de vida cierto e inminente".

El juez Luis Rodríguez, por otro lado, también hizo referencia a la declaración de Gilberto Grageda, médico de planta de la Unidad Médica Asistencial del Complejo Penitenciario Federal, que aseguró que "aún no se llevaron a cabo" los estudios médicos complementarios recomendados por los médicos forenses, aunque destacó que "por lo que se percibe de su aspecto no hay un deterioro profundo conforme a su patología, lo veo estable, pero sí se observa una locomotricidad desmejorada".

A diferencia de la visión de Bursztyn, en la causa también quedó expuesto el informe del Centro de Asistencia Judicial Federal del Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional, de fecha 28/11/17, en donde se establece que "a la fecha de examen pericial, el examinado no reúne criterios que permitan catalogarlo como 'paciente terminal', ni portador de 'enfermedad incurable'. Tampoco corresponde que sea alojado en un establecimiento hospitalario. Frente a la condición clínica actual del examinado, la privación de la libertad en el establecimiento carcelario no le impediría tratar adecuadamente sus dolencias".

3. Disminución del riesgo procesal

El magistrado entendió que Suárez perdió influencia en el SOMU luego del resultado de las últimas elecciones internas, durante las cuales la lista del "Caballo" fue derrotada y despojada de la conducción del sindicato.

4. El informe socioambiental

El informe socioambiental  realizado en el domicilio de Olivos en el cual se cumplirá con la prisión domiciliaria arrojó un resultado positivo en relación a las condiciones necesarias para constituir allí la sede de la detención.

"No puede soslayarse en el marco de esta resolución, el hecho de que se encuentra probado que quien obrará como garante de la detención domiciliaria (María Lorena Suárez, hija del Caballo) dispuesta en el día de la fecha cuenta con custodia policial permanente durante las 24 horas", precisó Rodríguez.

5. La tobillera electrónica

El juez le impuso a Suárez la utilización de un dispositivo electrónico de vigilancia con el objetivo de que se cumplan las siguientes restricciones de traslado ambulatorio:

a. Un radio de alcance de 100 kilómetros alrededor del domicilio en el que se alojó el sindicalista. E idéntica distancia en relación a todas aquellas ubicaciones que conformarán una zona especial de exclusión integrada por todas las estaciones aeroportuarias, ferroviarias y fluviales.

b. En caso de ser trasladado a un sitio donde se vea afectado el alcance del sistema de rastro, se deberá dar aviso previamente al juzgado a efectos de que se coordine la configuración del dispositivo.

Alejandro Argibay Molina, abogado de Suárez, explicó en diálogo con Infobae: "Los 100 kilómetros no son para que él vaya a donde quiera, él no puede salir de su casa, está en prisión domiciliaria, ese radio es para traslados para atención médica siempre que obtenga autorización previa".