La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) dispuso, mediante la Resolución de Superintendencia N° 000024-2026/SUNAT, un cambio en el procedimiento para el cobro del Impuesto General a las Ventas (IGV) y el Impuesto de Promoción Municipal (IPM) aplicados a servicios digitales de proveedores no domiciliados, como YouTube, Meta, Google y Netflix.
El proyecto de resolución, publicado oficialmente el 13 de febrero de 2026 a través del portal institucional de SUNAT y en el Diario Oficial El Peruano, introduce nuevas reglas para la declaración, pago y compensación de estos tributos, además de modificaciones en el aplicativo Declara Fácil 617 y en la regulación sobre la reversión de la liquidación de compra electrónica.
SUNAT cambia el cobro de IGV a servicios digitales extranjeros
Según la propia SUNAT, la propuesta busca que el pago y la compensación del IGV y el IPM vinculados a servicios de plataformas extranjeras estén asociados directamente al comprobante de pago u operación correspondiente.
Esta medida impacta tanto a empresas como a usuarios individuales, ya que abarca servicios como publicidad digital en Google y Meta, suscripciones a Netflix, uso de software en la nube y otras prestaciones contratadas con proveedores fuera del país.

En la exposición de motivos remitida por la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos, se detalla que la reforma apunta a optimizar la gestión tributaria y facilitar el cumplimiento para los contribuyentes.
El ajuste implica que cada pago o compensación quede registrado y vinculado con precisión a la operación realizada, reduciendo errores y haciendo más ágiles los procesos administrativos.
Cambios en Declara Fácil 617 buscan automatizar y simplificar el registro
El proyecto también introduce cambios en el aplicativo Declara Fácil 617 - Otras retenciones, que emplean los contribuyentes para reportar y cumplir obligaciones asociadas a retenciones. Entre los principales cambios, la SUNAT incorporará información adicional en el registro electrónico de compras, lo que permitirá automatizar procesos y disminuir la carga operativa.
Además, se reduce el plazo para la reversión de la Liquidación de Compra Electrónica (LCE), lo que limita la posibilidad de modificar datos una vez registrada la operación y otorga mayor solidez a la fiscalización.

La medida se fundamenta en las facultades otorgadas por la Ley del IGV e IPM y el Código Tributario, que permiten a la SUNAT establecer procedimientos, plazos y condiciones para la declaración y pago de tributos asociados a servicios prestados desde el extranjero.
Aunque el impuesto a servicios digitales de no domiciliados ya se encontraba vigente, los cambios ahora propuestos reorganizan el modo en que los contribuyentes deben cumplir con sus obligaciones y adaptan el sistema de registro y pago a las necesidades actuales del comercio digital.
Publicidad, streaming y software extranjero, bajo la lupa tributaria
Entre los servicios que se verán impactados por esta normativa figuran suscripciones a plataformas de streaming como Netflix, contratación de servicios de publicidad en redes sociales de Meta o Google, compras de licencias de software y otros servicios digitales prestados desde el extranjero.
Estos servicios, al ser utilizados en Perú, generan la obligación de declarar y pagar el IGV y el IPM conforme a la nueva estructura planteada por la SUNAT.
El proyecto de resolución y su exposición de motivos están disponibles en la sede digital de SUNAT, y permanecerán accesibles durante quince días calendario desde el día siguiente a la publicación en el Diario Oficial El Peruano, para recoger opiniones, comentarios y aportes de la ciudadanía.
Las observaciones pueden presentarse en la Mesa de Partes de la SUNAT en Lima, en los Centros de Servicios al Contribuyente a nivel nacional, en la Mesa de Partes Virtual o mediante el correo electrónico prepublicacionmige@sunat.gob.pe.
Un nuevo esquema fiscal busca reforzar la trazabilidad de pagos
La Intendencia Nacional de Gestión por Procesos asumirá la recepción, sistematización y análisis de los aportes ciudadanos, con el objetivo de mejorar la propuesta normativa antes de su aprobación definitiva.
Finalizado el período de consulta pública, la SUNAT podrá incorporar ajustes a la normativa según las sugerencias recibidas, asegurando así un proceso participativo y transparente.
La actualización del procedimiento para el cobro del IGV e IPM a servicios digitales de plataformas internacionales responde a la evolución del comercio electrónico y a la necesidad de adaptar la regulación tributaria a las nuevas dinámicas de consumo digital.
La medida coloca a Perú en línea con otros países de la región que han avanzado en la fiscalización de operaciones digitales transfronterizas, fortaleciendo el control y la recaudación de impuestos sobre este tipo de servicios.
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